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DE LAS NOTIFICACIONES<br />

(REFORMADO, P.O. 6 DE DICIEMBRE DE 2006)<br />

Artículo 459.- Las notificaciones de las resoluciones administrativas que emita la<br />

Unidad Operativa Municipal de Protección Civil en términos de este Capítulo serán<br />

de carácter personal.<br />

Artículo 460.- Cuando a la persona a quien se deba realizar una notificación no se<br />

encuentre presente, se dejará citatorio para que espere al notificador y esté<br />

presente a una hora determinada el día hábil siguiente, con el apercibimiento que<br />

de no encontrarse, la notificación se entenderá con la persona que se encuentre.<br />

Artículo 461.- Si habiendo dejado citatorio a la persona a que se busca no se<br />

encuentra presente en la fecha y hora indicada, se entenderán con quien se halle<br />

en el inmueble o lugar.<br />

Artículo 462.- Las notificaciones se harán en días y horas hábiles, siguiendo la<br />

regla del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.<br />

MEDIO DE IMPUGNACIÓN<br />

(REFORMADO, P.O. 6 DE DICIEMBRE DE 2006)<br />

Artículo 463.- Contra los actos y resoluciones de la Unidad Operativa Municipal<br />

de Protección Civil, procede el Recurso de Inconformidad señalado en la Ley<br />

Orgánica Municipal del Estado de Puebla.<br />

DE LAS DONACIONES<br />

(REFORMADO, P.O. 6 DE DICIEMBRE DE 2006)<br />

Artículo 464.- Toda donación otorgada a la Unidad Operativa Municipal de<br />

Protección Civil, tendrá como finalidad formar un fondo de contingencias para la<br />

atención de damnificados, así como para hacer más eficientes los servicios que se<br />

ofrece a la población.<br />

Artículo 465.- Toda donación otorgada a los grupos voluntarios, tendrá como<br />

finalidad facilitar el mejor y oportuno servicio a la población.<br />

(REFORMADO, P.O. 6 DE DICIEMBRE DE 2006)<br />

Artículo 466.- Los grupos voluntarios que soliciten donaciones, deberán cumplir<br />

con todos los requisitos establecidos en este Capítulo, debiendo estar inscritos en<br />

la Unidad Operadora Municipal de Protección Civil y extender el recibo<br />

correspondiente.

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