Reconfigurando territorios
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RECONFIGURANDO TERRITORIOS 13<br />
Reforma Agraria”, mediante la aplicación de la<br />
ley del mismo nombre, dificultosamente aprobada<br />
en el Parlamento en noviembre del año<br />
2006. Esta ley introduce importantes cambios<br />
a la Ley INRA, facultando al entonces Poder<br />
Ejecutivo para -de manera expedita- identificar<br />
latifundios que no cumplen la Función Económico<br />
Social (FES), es decir que no están siendo<br />
trabajados, y revertirlos al Estado para su posterior<br />
redistribución a los campesinos e indígenas<br />
sin tierras.<br />
La voluntad del gobierno del presidente Morales<br />
para llevar adelante una radical reforma agraria<br />
-ya anunciada en su programa de campaña- se<br />
puso de manifiesto en un acto político de masas<br />
el 2 de agosto del año 2006, en la mítica localidad<br />
campesina de Ucureña. Dos meses antes, en<br />
una solicitada a página entera publicada en casi<br />
todos los medios impresos del país, el gobierno<br />
señalaba explícitamente dos medidas iniciales:<br />
(Viceministerio de Tierras, 2006)<br />
1. “Revertir al dominio del Estado aquellas grandes<br />
superficies de tierras negadas a la producción y al<br />
trabajo y reservadas a la especulación y a los negocios<br />
bancarios.<br />
2. “Entregárselas a quienes si las necesitan: pueblos<br />
indígenas y comunidades indígenas, campesinas y<br />
originarias”.<br />
”Dicho de forma más breve aún: abolir y suprimir el<br />
latifundio de la realidad nacional, tal el primer paso<br />
de la Revolución Agraria”.<br />
”En los próximos cinco años el Gobierno Nacional<br />
distribuirá cerca de 20 millones de hectáreas”,… y<br />
puesto que la mayoría de estas son de vocación forestal,…<br />
“el Gobierno Nacional pretende construir<br />
un Modelo de Desarrollo Forestal Comunitario”.<br />
El objetivo de este análisis de la Fundación<br />
TIERRA es precisamente valorar los avances<br />
del proceso de reforma agraria logrados hasta<br />
la fecha, considerando especialmente los resultados<br />
en la titulación de tierras, sus limitaciones<br />
y sus desafíos a futuro.<br />
Cabe advertir aquí que esta tarea se ha visto limitada<br />
por la escasa información disponible al<br />
público. El último informe anual del INRA difundido<br />
corresponde a 2007 y además los datos<br />
proporcionados a la población por el INRA y el<br />
Viceministerio de Tierras a través de sitios web<br />
y algunos medios de prensa, a pesar de haber<br />
sido actualizados a fines del 2009, son muy generales<br />
y presentan información agregada que<br />
impide análisis más específicos.<br />
1. Avances del proceso de saneamiento<br />
de tierras<br />
Un primer aspecto importante a considerar es<br />
el avance en el diseño normativo que dirige y<br />
acompaña el proceso. En este sentido, el proceso<br />
de Reforma Agraria cuenta ahora con dos<br />
instrumentos legales fundamentales: la Ley<br />
3545 de Reconducción Comunitaria de la Reforma<br />
Agraria, promulgada en noviembre de<br />
2006, y la nueva Constitución Política del Estado,<br />
en vigencia desde febrero de 2009.<br />
La Ley de Reconducción Comunitaria esencialmente<br />
establece un procedimiento de saneamiento<br />
legal de tierras más rápido y flexible,<br />
precisa las definiciones de la Función Social y<br />
Función Económica Social (FES) y permite la<br />
reversión de tierras por el incumplimiento de<br />
esta última realzando el principio fundamental<br />
de que la tierra es de quien la trabaja.<br />
Por su lado, la nueva CPE establece que la tierra<br />
es de propiedad y dominio originario del<br />
pueblo boliviano, correspondiéndole al Estado<br />
su administración y control. Asimismo,<br />
mantiene el precepto de que el trabajo es la<br />
fuente fundamental para la adquisición y conservación<br />
de la tierra, recalcando que se debe<br />
cumplir una función social o económica social<br />
para mantener este derecho, constitucionalizándose<br />
la figura de la reversión en caso de<br />
incumplimiento de la FES o de tenencia latifundiaria.<br />
Asimismo, la nueva CPE mantiene<br />
el reconocimiento a la propiedad privada y<br />
la propiedad colectiva e introduce la complementariedad<br />
entre derechos colectivos e in-