Reconfigurando territorios
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FUNDACIÓN TIERRA<br />
tivas, de lo que se trata es de proponer un argumento<br />
para el análisis de los efectos que generan<br />
los resguardos a favor de las colectividades<br />
en Bolivia. En esta búsqueda de precisión y claridad,<br />
el tema de los derechos de las mujeres<br />
a la propiedad de la tierra es un ejemplo muy<br />
útil con el fin de discutir los efectos de los derechos<br />
colectivos en el entorno individual. En<br />
esa línea vale la pena recordar que los derechos<br />
de las mujeres también fueron logrados a partir<br />
de un constante proceso reivindicatorio que<br />
favoreció a un sector social que históricamente<br />
estaba marginado y que en este periodo histórico<br />
converge con las reivindicaciones indígena<br />
originaria campesinas. Lo curioso es que esta<br />
convergencia ha generado una especie de desencuentro.<br />
Tanto el tema indígena como el tema género<br />
se encuentran en una etapa de desarrollo legislativo<br />
que no se restringe a la construcción<br />
de normas, sino sobre todo a la validación de<br />
su aplicabilidad y aceptación social. En ambos<br />
casos, los logros alcanzados en la norma son<br />
significativos pero el hecho de que no tengan<br />
espacios de encuentro hace que se generen controversias<br />
a partir de interpretaciones de la ley.<br />
Por ahora, las prerrogativas individuales deben<br />
moldearse a la jurisdicción indígena originaria<br />
campesina y en esta adaptación no existe claridad<br />
sobre cómo se garantiza el ejercicio del<br />
derecho de las mujeres a la tierra.<br />
Esta situación es producto de dos diferentes<br />
visiones sobre la forma en que deben garantizarse<br />
los derechos de las personas. Según la<br />
visión de algunas organizaciones indígenas, la<br />
norma debería limitarse a proteger y garantizar<br />
los derechos sobre la tierra y el territorio,<br />
permitiendo los derechos a la propiedad colectiva<br />
y su indivisibilidad y el reconocimiento de<br />
sus normas consuetudinarias. Por otro lado,<br />
las impulsoras de los derechos de las mujeres<br />
siempre hicieron prevalecer los derechos de<br />
igualdad frente a los hombres a través de la<br />
titulación conjunta independientemente de su<br />
estado civil (Deere y León, 2000: 16). Sin duda,<br />
ambas posturas tienen sobradas razones para<br />
exponer sus preferencias, pero la falta de visión<br />
complementaria hace que las posibilidades<br />
para el ejercicio de los derechos de la mujer estén<br />
en la práctica muy restringidas. Es posible<br />
afirmar que el acceso colectivo a la tierra de los<br />
pueblos indígenas no necesariamente asegura<br />
la vigencia plena de los derechos individuales<br />
de las mujeres.<br />
4. Reflexiones finales: Los retos de equidad<br />
de género<br />
Para alcanzar el efectivo ejercicio de los derechos<br />
de la mujer en torno a la tierra, se requiere<br />
asegurar el control de la propiedad sin restringirse<br />
a la titularidad de la tierra<br />
La norma agraria vigente tiene como mandato<br />
específico promover la titulación de la propiedad<br />
agraria, a partir de ello se pretende alcanzar<br />
la equidad en la tenencia de la tierra. Es así<br />
que la Ley INRA y la Ley de Reconducción serán<br />
aplicables en tanto se concluya con la distribución<br />
y redistribución de la tierra; lo que<br />
significa una limitación en la protección de los<br />
derechos que genera. La titulación es sólo un<br />
paso dentro del proceso de construcción de una<br />
verdadera equidad en la tenencia de la tierra<br />
por lo que debe precautelar con especial cuidado<br />
los efectos que se producirán en el tiempo,<br />
en el futuro.<br />
El haber proyectado una norma restringida a<br />
la distribución de tierras ha ocasionado vacíos<br />
jurídicos que por la emergencia deben<br />
ser llenados acudiendo a leyes diferentes<br />
para sustituir todo aquello que no esté regulado<br />
y que es parte de lo agrario. Es el caso de<br />
la sucesión, el matrimonio, la compra-venta,<br />
la donación, la división y partición de bienes,<br />
entre otras, que son figuras jurídicas que se<br />
dan en la vida cotidiana de las familias del<br />
área rural. La falta de previsión sobre los<br />
efectos de una ley, puede originar una serie<br />
de problemas de interpretación que por lo<br />
general tienen consecuencias desfavorables<br />
para los sectores más vulnerables como son<br />
las mujeres.