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Reconfigurando territorios

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192<br />

FUNDACIÓN TIERRA<br />

Poco después de la aplicación de la LPP, MA-<br />

COJMA se movilizó rápidamente para tomar<br />

ventaja de lo que percibían como una oportunidad<br />

política para acceder a los recursos estatales<br />

y avanzar hacia la autonomía política de<br />

la marka. En las elecciones municipales de 1995,<br />

MACOJMA logró elegir a dos representantes<br />

suyos a través de un partido político -Unidad<br />

Cívica Solidaridad (UCS)- para el Concejo Municipal<br />

de Viacha que de otro modo habría estado<br />

dominado en su totalidad por los mestizos<br />

urbanos. 15 Sin embargo, el Cabildo de MACO-<br />

JMA pronto llegó a la conclusión de que la incorporación<br />

de Jesús de Machaca en el municipio<br />

de Viacha ponía en peligro su autonomía<br />

política y cultural de modo que empezaron a<br />

presionar al gobierno nacional para que se les<br />

otorgue la condición de nuevo municipio para<br />

la marka, que podría responder a una tendencia<br />

mucho mayor de proliferación de nuevos<br />

municipios como efecto de la descentralización<br />

en Bolivia y en toda América Latina (Nickson<br />

1995). Después de siete años de presión casi<br />

continua que incluía cientos de viajes a la sede<br />

de gobierno de todos los Jach’a Mallkus, el 7 de<br />

mayo de 2002, el entonces presidente de Bolivia,<br />

Gonzalo Sánchez de Lozada promulgó la<br />

Ley 2351 que otorgó la condición de municipio<br />

a Jesús de Machaca. 16 La Ley estableció que el<br />

nuevo municipio entraría formalmente en funcionamiento<br />

a partir de la elección del alcalde y<br />

concejales municipales en las elecciones municipales<br />

de diciembre de 2004. Habiendo ganado<br />

la batalla legal por obtener la condición de municipio,<br />

MACOJMA comenzó a prepararse para<br />

las elecciones de 2004. El proceso era complejo<br />

en sí mismo dado que estaban ante el reto de<br />

instituir un gobierno municipal que responda<br />

a la autoridad del Cabildo y del sistema comunal<br />

de gobierno y que al mismo tiempo respete<br />

el estricto marco jurídico boliviano. El esfuerzo<br />

por combinar la orientación política liberal<br />

de la legislación nacional que regula el funcionamiento<br />

de los gobiernos municipales con la<br />

democracia comunal, condujo a un matrimonio<br />

difícil e incierto de estas dos instituciones contradictorias.<br />

Muchos Mallkus temieron desde el<br />

principio que el sistema comunal de gobierno,<br />

que buscaban proteger y fortalecer mediante<br />

el control del poder municipal, fuese minado<br />

precisamente por el nuevo gobierno municipal.<br />

4. El difícil matrimonio entre la democracia<br />

comunal y la democracia liberal<br />

La elección municipal de 2004 representó la<br />

primera oportunidad importante y un nuevo y<br />

difícil desafío en la búsqueda de la creación de<br />

un municipio indígena en Jesús de Machaca. El<br />

Cabildo se reconoció como la instancia de elección<br />

del alcalde y los concejales municipales<br />

mediante un proceso electoral concordante con<br />

las tradiciones del ayllu (usos y costumbres) de<br />

votación pública en distintos niveles territoriales.<br />

Si bien las autoridades del Cabildo reconocían<br />

la necesidad de cumplir con lo establecido<br />

en la Ley, veían a la vez como una mera formalidad<br />

que el Estado pueda conferir legitimidad<br />

al proceso electoral a organizarse desde MA-<br />

COJMA. El Cabildo esperaba que las comunidades<br />

respetaran sus decisiones y no votaran<br />

de forma independiente, posición que luego<br />

fue criticada por algunos residentes urbanos y<br />

calificada como una violación de los derechos<br />

políticos individuales. El Cabildo también estaba<br />

particularmente preocupado por reducir<br />

al mínimo la interferencia de los partidos políticos<br />

en el proceso electoral y, por tanto, en la<br />

gestión y administración del gobierno municipal.<br />

Una nueva ley que se aprobó con tan sólo<br />

cinco meses de anticipación a las elecciones de<br />

2004, permitió a los pueblos indígenas en general<br />

y a las agrupaciones ciudadanas participar<br />

en las elecciones municipales sin ninguna afiliación<br />

política. La nueva Ley llamada Ley de<br />

Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas<br />

(Ley Nº 2771 o Ley ACPI) había sido demanda-<br />

15 Hasta 2004, la ley boliviana exigía que todos los candidatos en las elecciones municipales debían estar afiliados a un<br />

partido político registrado.<br />

16 Para una descripción detallada de las primeras etapas de este proceso, ver Ticona y Albó (1997: 279-312).

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