Reconfigurando territorios
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FUNDACIÓN TIERRA<br />
Poco después de la aplicación de la LPP, MA-<br />
COJMA se movilizó rápidamente para tomar<br />
ventaja de lo que percibían como una oportunidad<br />
política para acceder a los recursos estatales<br />
y avanzar hacia la autonomía política de<br />
la marka. En las elecciones municipales de 1995,<br />
MACOJMA logró elegir a dos representantes<br />
suyos a través de un partido político -Unidad<br />
Cívica Solidaridad (UCS)- para el Concejo Municipal<br />
de Viacha que de otro modo habría estado<br />
dominado en su totalidad por los mestizos<br />
urbanos. 15 Sin embargo, el Cabildo de MACO-<br />
JMA pronto llegó a la conclusión de que la incorporación<br />
de Jesús de Machaca en el municipio<br />
de Viacha ponía en peligro su autonomía<br />
política y cultural de modo que empezaron a<br />
presionar al gobierno nacional para que se les<br />
otorgue la condición de nuevo municipio para<br />
la marka, que podría responder a una tendencia<br />
mucho mayor de proliferación de nuevos<br />
municipios como efecto de la descentralización<br />
en Bolivia y en toda América Latina (Nickson<br />
1995). Después de siete años de presión casi<br />
continua que incluía cientos de viajes a la sede<br />
de gobierno de todos los Jach’a Mallkus, el 7 de<br />
mayo de 2002, el entonces presidente de Bolivia,<br />
Gonzalo Sánchez de Lozada promulgó la<br />
Ley 2351 que otorgó la condición de municipio<br />
a Jesús de Machaca. 16 La Ley estableció que el<br />
nuevo municipio entraría formalmente en funcionamiento<br />
a partir de la elección del alcalde y<br />
concejales municipales en las elecciones municipales<br />
de diciembre de 2004. Habiendo ganado<br />
la batalla legal por obtener la condición de municipio,<br />
MACOJMA comenzó a prepararse para<br />
las elecciones de 2004. El proceso era complejo<br />
en sí mismo dado que estaban ante el reto de<br />
instituir un gobierno municipal que responda<br />
a la autoridad del Cabildo y del sistema comunal<br />
de gobierno y que al mismo tiempo respete<br />
el estricto marco jurídico boliviano. El esfuerzo<br />
por combinar la orientación política liberal<br />
de la legislación nacional que regula el funcionamiento<br />
de los gobiernos municipales con la<br />
democracia comunal, condujo a un matrimonio<br />
difícil e incierto de estas dos instituciones contradictorias.<br />
Muchos Mallkus temieron desde el<br />
principio que el sistema comunal de gobierno,<br />
que buscaban proteger y fortalecer mediante<br />
el control del poder municipal, fuese minado<br />
precisamente por el nuevo gobierno municipal.<br />
4. El difícil matrimonio entre la democracia<br />
comunal y la democracia liberal<br />
La elección municipal de 2004 representó la<br />
primera oportunidad importante y un nuevo y<br />
difícil desafío en la búsqueda de la creación de<br />
un municipio indígena en Jesús de Machaca. El<br />
Cabildo se reconoció como la instancia de elección<br />
del alcalde y los concejales municipales<br />
mediante un proceso electoral concordante con<br />
las tradiciones del ayllu (usos y costumbres) de<br />
votación pública en distintos niveles territoriales.<br />
Si bien las autoridades del Cabildo reconocían<br />
la necesidad de cumplir con lo establecido<br />
en la Ley, veían a la vez como una mera formalidad<br />
que el Estado pueda conferir legitimidad<br />
al proceso electoral a organizarse desde MA-<br />
COJMA. El Cabildo esperaba que las comunidades<br />
respetaran sus decisiones y no votaran<br />
de forma independiente, posición que luego<br />
fue criticada por algunos residentes urbanos y<br />
calificada como una violación de los derechos<br />
políticos individuales. El Cabildo también estaba<br />
particularmente preocupado por reducir<br />
al mínimo la interferencia de los partidos políticos<br />
en el proceso electoral y, por tanto, en la<br />
gestión y administración del gobierno municipal.<br />
Una nueva ley que se aprobó con tan sólo<br />
cinco meses de anticipación a las elecciones de<br />
2004, permitió a los pueblos indígenas en general<br />
y a las agrupaciones ciudadanas participar<br />
en las elecciones municipales sin ninguna afiliación<br />
política. La nueva Ley llamada Ley de<br />
Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas<br />
(Ley Nº 2771 o Ley ACPI) había sido demanda-<br />
15 Hasta 2004, la ley boliviana exigía que todos los candidatos en las elecciones municipales debían estar afiliados a un<br />
partido político registrado.<br />
16 Para una descripción detallada de las primeras etapas de este proceso, ver Ticona y Albó (1997: 279-312).