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Reconfigurando territorios

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80<br />

FUNDACIÓN TIERRA<br />

Como se puede ver, el conflicto por la tierra<br />

puede tomar una gran variedad de formas en<br />

las comunidades de las zonas elegidas para<br />

este estudio. Algunas de las más usuales son<br />

las siguientes:<br />

4.1 Conflictos relacionados con la herencia<br />

de la tierra<br />

En la mayoría de las comunidades aymaras y<br />

quechuas, desde la Reforma Agraria de 1953, la<br />

herencia es la principal forma de acceso a la propiedad<br />

de tierra. Por esta misma razón y también<br />

debido al acelerado crecimiento demográfico y<br />

su vínculo con la herencia de la tierra normada<br />

por el Código Civil y la prohibición de la subdivisión<br />

de predios estipulada en las normas<br />

agrarias, la herencia también es la situación que<br />

más conflictos trae en las familias de la zona de<br />

estudio. En las comunidades chiquitanas, donde<br />

en general la tierra es de propiedad comunal, la<br />

figura de la herencia de la tierra simplemente no<br />

existe, salvo casos especiales.<br />

Las prácticas de herencia en altiplano y valles<br />

varían de gran manera de una comunidad a<br />

otra e incluso de una familia a otra dentro de<br />

la misma comunidad. Tanto es así que no se<br />

puede hablar propiamente de normas consuetudinarias<br />

para la herencia de manera general.<br />

A pesar de ello, normalmente el problema se<br />

origina cuando la persona fallecida, titular de<br />

una determinada propiedad no ha “señalado”<br />

a sus descendientes las parcelas que heredarán<br />

a su muerte, no dejando claro el derecho sucesorio,<br />

razón por la cual éstos se disputan la tierra<br />

heredada. Esta situación se puede ver agravada<br />

por la ausencia de títulos de propiedad<br />

o, en el caso de existir, por la desactualización<br />

de los mismos, ya que el documento de propiedad<br />

generalmente proviene de los tiempos de<br />

la Reforma Agraria de 1953 y por lo tanto, está<br />

a nombre del abuelo o de otro antecesor. En<br />

el altiplano es también práctica común que la<br />

persona fallecida deje un testamento determinando<br />

la forma de transmitir sus bienes a sus<br />

descendientes, si este documento contradice<br />

lo que ya se ha establecido entre éstos, surge<br />

el conflicto, que puede verse agravado cuando<br />

migrantes y residentes, que ya no viven en la<br />

comunidad, reclaman derechos en la sucesión<br />

hereditaria.<br />

De la misma forma, a pesar de que hay una creciente<br />

conciencia de que en la herencia, la tierra<br />

debe ser divida por igual entre los descendientes,<br />

todavía sucede que los que heredan más y<br />

mejor tierra son los hijos varones mayores, quedando<br />

en desventaja las mujeres y a veces, los<br />

hijos menores. El hecho de que la mujer no reciba<br />

tierras o herede las más pequeñas y de menor<br />

calidad está justificado, según se afirma todavía,<br />

por el razonamiento de que al casarse o concubinarse,<br />

la mujer accederá a las tierras del marido.<br />

Esta posición no considera la enorme desventaja<br />

de la mujer cuando queda viuda o se separa del<br />

marido, porque al separarse de su pareja a veces<br />

se separa también de sus tierras.<br />

4.2 Conflictos por los límites de las parcelas<br />

Este tipo de conflictos se dan en la comunidad<br />

cuando los linderos de parcelas colindantes<br />

no están claramente definidos, o cuando existe<br />

una sobreposición de derechos propietarios<br />

producto de errores en los documentos provenientes<br />

de la Reforma Agraria o simplemente<br />

cuando un comunario “se avanza” sobre el terreno<br />

del vecino, ya sea de manera involuntaria<br />

o de mala fe.<br />

Estos conflictos son bastante comunes en las<br />

comunidades quechuas de Chuquisaca Centro<br />

y Norte, ya que las parcelas definidas en la<br />

Reforma Agraria de 1953 han ido cambiando<br />

debido al traspaso de derechos y a su fragmentación.<br />

En cambio en el caso de las comunidades<br />

aymaras de ex hacienda del altiplano paceño,<br />

como se ha hecho un esfuerzo consciente<br />

de mantener las parcelas dotadas hace más de<br />

medio siglo (con manejos internos entre los<br />

miembros de la familia propietaria), los límites<br />

siguen siendo claros y los conflictos de esta naturaleza<br />

son más bien escasos; lo que no sucede<br />

con las comunidades originarias aymaras, donde<br />

los límites son difusos (porque la Reforma

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