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XXIV Y XXV JORNADAS DE TEATRO DEL SIGLO DE ORO In ...

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Nuevos documentos para la historia del teatro<br />

Los 1.700 rs. se le pagarían “acabada la primera representaçión”.<br />

Don Juan de Tapia, vecino de la Villa de Pastrana y Mayordomo de la Cofradía<br />

del Santísimo Sacramento, se obligó a dar a Juan Luis de Robles, cobrador<br />

de la Compañía de Escamilla, “por cuatro representaçiones que a de hacer con<br />

su Conpanía el biernes diez y nuebe y sábado siguiente de la Otaba del Corpus<br />

que biene deste presente año, en cada dia dos: una por la mañana y otra por<br />

la tarde”.<br />

Le pagaría 3.900 rs. vn.”acabada la segunda comedia. Y les a de sacar de dicha<br />

Villa de Pastrana acabada la última fiesta con doçe carros para la Villa de Daganço<br />

y si no ubiere carros bastantes... con seis caballerías por cada carro”.<br />

Juan Luis de Robles se obligó “a que yrá dicho Antonio de Escamilla, autor,<br />

con su Compañía a ir a dichas Villas a açer las fiestas referidas, no aciendo falta<br />

con el carruaje en tiempo, y si no fuere açer dichas fiestas, puedan dichos licenciado<br />

Francisco Sánchez de Lara y don Juan de Tapia buscar otras Conpanías<br />

para cada Villa en dichos días y por lo que costaren quieren sean creydos por<br />

sólo su juramento, en que, desde luego, se obliga a cunplirlo con su perssona<br />

y bienes”.<br />

Recibió 1.000 rs. vn. de don Juan de Tapia a cuenta de los 3.900 que le había<br />

de pagar “por las cuatro comedias”.<br />

Todos ellos dieron poder a jueces y justicias del Rey “y en especial al fuero y<br />

jurisdizión del señor don Jerónimo Camargo, Protector de los comediantes”. Testigos:<br />

“Alonso de Morales y don Francisco de Tapia y Francisco de Leesga?”. Madrid,<br />

4-IV-1664 (AHP: Protocolo 10135, fol. 49)<br />

1675. <strong>In</strong>tervención de Antonio de Escamilla y Manuel Vallejo, autores de comedias<br />

por Su Majestad, en la Fiestas del Corpus de Madrid. Madrid, 29-VIII-1675<br />

(AHP: Protocolo 10007)<br />

1680. “Obligazión. En 24 de março”.<br />

Ante el escribano y testigos “parezió Antonio Escamilla, comediante, vecino<br />

desta dicha Uilla = Y dijo que por quanto oy dia de la fecha, ante Rafael Sáenz<br />

Maça, escriuano de Prouincia en esta Corte, Thomás de Riquelme, scriuano de Su<br />

Magestad y Ofiçial de la Sala de los señores Alcaldes desta Corte, a otorgado scriptura<br />

de venta de la merçed de vna vara de alguaçil de Corte em [sic] fauor de don<br />

Juan Antonio de Nates y San Román y doña Claudia de Arnien, su muxer, ajustada<br />

en 18.000 rs. de vn., y los susodichos para la pagar… otorgaron otra scriptura de<br />

venta de unas casas que tenían en esta dicha Uilla en la calle de Cantarranas que<br />

haçen esquina a la del Niño y lindan con otras del otorgante que se las an bendido<br />

en prezio de 14.000 rs., y aunque en ella… se an dado por entregados de la dicha<br />

cantidad y della le an dado carta de pago, lo çierto es que hasta hora [sic] el otorgante,<br />

por raçón de la dicha compra no a dado ni pagado cosa alguna, por quanto<br />

a sido combenienzia de las partes que asta tanto que dicho don Juan de Nates aia<br />

presentado en el Conssejo de la Cámara de Su Magestad la renuncia que de di-<br />

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