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Tomemos como un ejemplo tecnológico a las comunicaciones telefónicas.<br />

Para entender nuestra dedicación, nuestro celo en el tema, debemos comprender primero que<br />

nuestra Nación, a través del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, ha sumado pactos<br />

internacionales a nuestra Carta Orgánica y ha reconocido nuevos derechos que hoy tienen<br />

categoría constitucional.<br />

Así, cuando un individuo es condenado no debe sufrir restricciones en sus comunicaciones, en<br />

su derecho a la información sino en su libertad ambulatoria.<br />

En los ámbitos del SPF, el interno puede comunicarse con quien desee, sin restricciones. No hay<br />

un límite a los números de teléfonos a los que pueda llamar al igual que nosotros, que estamos<br />

en libertad y no tenemos esas restricciones. En algunas naciones, un condenado solo puede<br />

elegir cinco números, en otras a familiares directos y al abogado previamente identificado. Pero<br />

en nuestro país esa libertad no se restringe y estamos de acuerdo en no restringirla, pero eso nos<br />

ha traído muchos inconvenientes.<br />

Están prohibidas, como en todos los sistemas penitenciarios del mundo, las comunicaciones<br />

por celular. Pero la introducción ilegítima de celulares al establecimiento penitenciario se<br />

hizo enorme, muchos que no quieren reinsertarse delinquen desde los teléfonos realizando<br />

secuestros virtuales, estafas, etc. La mayoría de estos delitos son realizados con celulares, pero<br />

otros desde los teléfonos públicos que poseen a su disposición los internos.<br />

Es por esta dura realidad que en este momento estamos implementando un sistema de control,<br />

ubicación e inhibición de celulares de alta tecnología y en poco tiempo mas no se podrá realizar<br />

ninguna llamada desde celular sin que la misma sea detectada, ubicada e inmediatamente<br />

interrumpida.<br />

Pero entonces se agravarán los delitos que se cometen desde los teléfonos públicos, y esto el<br />

SPF lo sabe, y lo prevé. La telefonía pública instalada en los establecimientos penitenciarios<br />

tiene un sistema previsto y provisto por el operador que advierte que la llamada que se recibe es<br />

efectuada desde un establecimiento penitenciario. Esta comunicación debería aparecer siempre<br />

que se realice una llamada saliente. Pero resulta ser, que con los sistemas de tarjetas que existen<br />

en el mercado muchos internos han logrado saltear esa advertencia y entonces se producen<br />

secuestros virtuales, y otros tipos de delitos desde estos teléfonos.<br />

Al día de hoy, las prestadoras del servicio no han podido resolver el problema y ante esta<br />

falta de resolución, por parte de las prestadoras, hemos encontrado a través de la biometría<br />

una forma de solventar este grave trastorno. Así, decidimos implementar teléfonos públicos<br />

biométricos y anti vandálicos en la totalidad de los establecimientos penitenciarios. Son más de<br />

mil teléfonos públicos.<br />

Estamos avanzando en la provisión de este nuevo sistema de telefonía pública que tendrá<br />

reconocimiento por huella digital y por voz, fotografía del individuo que habla cada breves<br />

intervalos, y registro de hora, tiempo de duración y número al que se realizó la llamada; pero<br />

para garantizar la privacidad del interno, toda esta información solo será de acceso judicial, es<br />

BIOMETRÍAS 2 197

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