Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay
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150 Anales de la Universidad<br />
nuestro Consejo, bajo la vigilancia <strong>del</strong> gobierno, tiene que apreciarse<br />
forzosamente como un hecho externo, de índole sociológica ,^<br />
sujeto á la influencia de mültiples factores y susceptible, por lo<br />
mismo, de variaciones é influencias combinadas, todo lo que generará<br />
correcciones ó reformas más ó menos perentorias que sepan<br />
traducir en un momento dado, exigencias y necesidades de orden<br />
social. Si se acudiera al Cuerpo Legislativo en cada situación singular,<br />
se fracasaría la mayor parte de las veces.<br />
«A poco que se observe, se notará que el momento presente reclama<br />
rumbos más prácticos para la enseñanza que no consulta<br />
por cierto su orientación actual más profesional y especulativa<br />
que científica y práctica. Examinando á grandes rasgos estas<br />
cuestiones, se ve que la enseñanza primaria debe unlversalizarse<br />
respondiendo á preceptos legales que imponen al individuo un<br />
mínimum de cultura para poder afrontar las luchas de la vida. La<br />
secundaria, si llega á constituirse, como se espera, en una continuación<br />
de la instrucción primaria, debe también extenderse al<br />
mayor número de personas que aspiren voluntariamente á un<br />
grado regular de cultura; mas la cuestión varía de especie cuando<br />
se traba de la alta enseñanza, de la enseñanza facultativa y superior<br />
discernida exclusivamente por el Estado, que aparte de fomentar<br />
ella raras veces aspiraciones individuales de orden científico,<br />
no siempre contempladas y satisfechas, responde, como es<br />
notorio, más al interés privado <strong>del</strong> aspirante á un título profesional,<br />
que al interés público de superior cultura científica que debe<br />
perseguir el Estado con un propósito de mejoramiento social. Todas<br />
estas anomalías están pidiendo una corrección atinada, cuya<br />
resultante podría implicar acaso un nuevo concepto de la función<br />
ptíblica educativa en el sentido de que las carreras profesionales,<br />
como que responden á un fin singular y á vocaciones y recursos<br />
particulares, deban ser iní? la obra <strong>del</strong> individuo que la <strong>del</strong> Estado,<br />
cuya misión tiene que dirigirse entonces á favorecer con<br />
una enseñanza secundaria, pero práctica, y de características tendencias<br />
económicas, al mayor número posible de educandos. Es<br />
evidente, pues, que este serio problema de la cultura general <strong>del</strong><br />
pueblo, ampliada en el sentido que acaba de explicarse y restringida<br />
en el referente al profesionalismo intelectual, es muy com-