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Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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19G Anales de la Universidad<br />

En ol programa de 2." grado, la Geografía descriptiva comprende<br />

espacialmGntc uaa r«3vislá:i de la de la República, general y<br />

departamental, tomando por término de comparación á Montevideo.<br />

Se estudian las dos Américas, indicando países que contienen y<br />

capital de cada uno; dos sistemas de montañas y cuatro ó cinco<br />

ríos importantes de cada América; algunos de sus lagos y volcanes<br />

notables; mares, golfos y peiiínsulas notables de ambas Améric.is;<br />

cuatro 6 cinco puertos de cada una; algunos cabos é islas más importantes;<br />

extensión y población relativas de los países americanos,<br />

tomando por término de comparación la República; comercio,<br />

navegación y medios de comunicación entre la República y<br />

demás países de América, etc.<br />

La división territorial de Europa en países, mencionando sus<br />

capitales, y siempre que sea posible, distinguiéndolas por alguna<br />

particularidad que les sea propia. Viajes mentales.<br />

El programa de ingreso exige la Geografía que cerrespondería<br />

á los años 6.^' y 7." <strong>del</strong> programa escolar.<br />

En Aritméticay el programa de ingreso, á pesar de su enunciación<br />

analítica, pide menos de lo que representa en ejercicios el<br />

programa escolar de 2/' grado.<br />

En Historia Nacional el programa escolar llega hasta la jura<br />

de la Constitución (1830).<br />

El universitario alcanza hasta 1852, y de ahí en a<strong>del</strong>ante sólo<br />

pide una relación de presidentes y gobernadores de la República.<br />

El artículo 1.° <strong>del</strong> proyecto <strong>del</strong> señor Rector toma el punto de<br />

partida racional para el ingreso en la Sección de Enseñanza Secundaria;<br />

restablece en parte y dentro de lo factible actualmente, el<br />

principio contenido en la primera parte <strong>del</strong> artículo 5." de la ley<br />

de 1885.<br />

Debe, pues, aprobarse.<br />

En cuanto al artículo 2.°, noto que éste constituye el tribunal<br />

de examen con tres personas, que es el mínimo establecido en el<br />

artículo 88 <strong>del</strong> Reglamento general; y establece que el tribunal se<br />

componga de un solo elemento universitario ( el Decano, un profesor<br />

ó un sustituto como presidente) y dos maestros ó maestras<br />

con título de 2.° ó S.*^' grado.

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