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Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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44 Alíales de la Universidad<br />

de conformidad con la resolución de 8 de abril de 1863, acordó que, en<br />

a<strong>del</strong>ante, la Tesorería General no abonaría cantidad alguna sino al<br />

legítimo dueño de la cuenta ti orden librada, ó á persona que le represente<br />

con poder ó carta bastante.<br />

En la práctica actual los pagos se van realizando mensualmente<br />

sobre las dos listas, civil y militar que se forman con ese objeto. Librada<br />

la orden por el Ministerio de Hacienda, la Tesorería General es<br />

la que de acuerdo con las órdenes que transmite el Presidente de la<br />

Reptiblica va indicando las planillas que por la orden deben irse pagando,<br />

interviniendo siempre en todos y cada uno de los pagos, la<br />

Contaduría.<br />

Tales son las principales formalidades legales relativas á la ejecución<br />

<strong>del</strong> Presupuesto.<br />

d)<br />

Control <strong>del</strong> Presupuesto<br />

Necesidad imprescindible <strong>del</strong> control.—Cómo se efectuaba en épocas<br />

primitivas.—Disposicto?ies constitucionales sobre este punto. -Responsabilidad<br />

délos funcionarios.—La Comisión de Cuentas: sus funciones.—Publicación<br />

de los Balances de Tesorería.— Ventajas de ese<br />

sistema de fiscalización pública.—Atribuciones <strong>del</strong> Contador General<br />

de la Nación.—El control en Inglaterra, en Rusia, en Bélgica é<br />

Italia y en Francia.<br />

1. —Enumeradas las principales disposiciones nacionales sobre ejecución<br />

<strong>del</strong> Presupuesto, llegamos á la cuarta y última fase de su proceso:<br />

el control.<br />

Para controlar eficazmente la gestión administrativa es imprescindible,<br />

dentro de algunos sistemas de legislación, la clausura de los<br />

ejercicios de manera que se desliguen ciertamente los unos de los<br />

otros. En nuestro régimen financiero hemos visto ya que por decreto<br />

de junio 13 de 1890 todas las reparticiones cierran sus cuentas el 31<br />

de agosto siguiente á la terminación <strong>del</strong> ejercicio. Entonces se puede<br />

determinar con precisión el monto general de las recaudaciones y la<br />

inversión que ha dado á ellas el Poder administrador.<br />

No hay que insistir mucho sobre la necesidad <strong>del</strong> control <strong>del</strong> Presupuesto.<br />

El Poder Ejecutivo tiene que hallarse así encerrado dentro<br />

de límites que no podrá sobrepasar sin incurrir en graves y serias<br />

responsabilidades. El control investiga, pues, si se ha cumplido ó no<br />

la ley, si los dineros públicos han sido sabiamente invertidos ó si, en<br />

cambio, se han despilfarrado.<br />

2,—En los tiempos primitivos y rudimentarios en que el control no<br />

se conocía, reinaban plenamente las exacciones que daban como resul-

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