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Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de Ja Universidad 83<br />

la ley de Juntas y Ordenanza de 5 de Febrero de 1889^;<br />

la observación sanitaria de los aninoales importados debe<br />

también ser costeada por los interesados (artículo 5." <strong>del</strong> decreto<br />

de 21 Octubre de 1899), etc.<br />

2.—Hay casos, como el último que acabamos de citar, en<br />

que el gasto está suficientemente garantido con la existencia<br />

de los animales en las dependencias de la Administración;<br />

pero no ocurre lo mismo en el caso de los análisis ó en el<br />

de los gastos de traslaciones para efectuar inspecciones á<br />

distancia, ya sea en cuestiones de caminos ó de inspección<br />

de establecimientos insalubres ó peligrosos y otros análogos.<br />

3—Para que los gastos de que tratamos puedan ser cargados<br />

al interesado, nuestro articulo exige que la gestión sea<br />

exclusivamente en interés particular, no pudiendo por tanto<br />

imponerse el gravamen de la referencia en el caso contrario,<br />

como con toda verdad lo hace constar Ranneletti, comentando<br />

los artículos de la ley italiana de pública seguridad<br />

que ponen á cargo <strong>del</strong> interesado los gastos ocasionados por<br />

las inspecciones de los establecimientos peligrosos ó incómodos.<br />

Transcribimos á continuación sus palabras, que sirven<br />

además para demostrar lo que debe entenderse por gestión<br />

en interés directo <strong>del</strong> particular:<br />

"Tal disposición, si fuese interpretada en el sentido de<br />

poner en todo caso los gastos á cargo <strong>del</strong> requiriente ó reclamante,<br />

no sería siempre justificada.<br />

"Ella es justa cuando se solicita una autorización, ya que<br />

en ese caso el acto administrativo se produce en el interés<br />

<strong>del</strong> solicitante, al cual se le acuerda el ejercicio <strong>del</strong> derecho<br />

de libertad industrial en la materia de que tratamos. En tal<br />

caso la actividad administrativa se desarrolla sólo porque la<br />

persona solicita la facultad de realizar un acto dado. Es por<br />

consecuencia justo que ésta soporte los gastos que su solicitud<br />

ha ocasionado á la Administración pública.<br />

''Pero en el caso de revocarse la autorización, de ordenarse<br />

la clausura de un establecimiento ó la remoción de<br />

un depósito, como en el de imponerse nuevas condiciones ó

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