Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay
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<strong>16</strong>8 Anales de la Universidad<br />
cantidad de veinticinco rail pesos, obteniéndose un monto de<br />
76,903 pesos, deducidos varios gastos. Surgía entonces un enorme<br />
déficit que debía gravar por largos años á la Universidad, privándola<br />
de todo el excedente anual de sus rentas.<br />
En esas condiciones fueron iniciados los trabajos para la construcción<br />
de la escuela de enseñanza secundaria en la media manzana<br />
fiscal comprendida en las calles 18 de Julio, Caiguá y Rivera,<br />
sobre la base de cincuenta mil pesos de rentas universitarias<br />
ya acumuladas y <strong>del</strong> importe de varios terrenos fiscales que el<br />
Poder Ejecutivo cedió á la Universidad, por decreto de 24 de<br />
agosto de 1904, secundando vigorosamente la iniciativa de la autoridad<br />
universitaria. Esa modesta iniciativa se ensanchó al pasar<br />
á la Cámara de Diputados, vetándose un plan inmensamente mayor,<br />
gracias al concurso valioso que aportaron los ministros de hacienda<br />
y fomento, señores ingenieros Serrato y Oapurro, el presidente<br />
de la Cámara, doctor Antonio M. Rodríguez, las Comisiones<br />
de Fomento y Hacienda y los doctores Ángel F. Costa y Gregorio<br />
L. Rodríguez, de la Comisión de Legislación.<br />
La ley de 28 de diciembre de 1904, que dio forma definitiva al<br />
nuevo plan, adjudica á la Universidad los dos terrenos fiscales<br />
comprendidos entre las calles 18 de Julio, Caiguá, Rivera, Yaro y<br />
Lavalleja, que miden 3,626 metros el uno y 2,646 el otro; autoriza<br />
la expropiación de todas las pa'^celas particulares de las dos<br />
manzanas, que miden en su totalidad 14,533 metros cuadrados, á<br />
fin de construir en ellas la escuela de enseñanza secundaria y las<br />
Facultades de Derecho, Matemáticas y Comercio y oficinas centrales<br />
de la Universidad; faculta al Poder Ejecutivo para costear<br />
esas obras y á la vez las de la Facultad de Medicina, según los<br />
cálculos y apreciaciones contenidos en los informes de las Comisiones<br />
dictaminantes, mediante una operación de crédito<br />
por la cantidad de quinientos cincuenta mil pesos, con 6 /^<br />
de interés y un mínimum de 2 /^ de amortización, cuyo servicio<br />
se atenderá con los siguientes arbitrios afectados especialmente:<br />
el importe de las comisiones y descuentos sobre los<br />
depósitos judiciales, después de deducidos los gastos autorizados<br />
de alquileres é impresiones; el producto de una estampilla equivalente<br />
al uno y medio por mil sobre todos los valores que se inscri-