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Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de la Universidad 193<br />

demás <strong>del</strong> programa de las escuelas comunes, como los ejercicios<br />

de composición, la geometría, las ciencias naturales (animales,<br />

plantas, minerales) y lecciones sobre cosaí que tanto contribuyen<br />

á desarrollar la actividad mental, á disciplinarla observación, á<br />

ejercitar el criterio; los trabajos manuales y el dibujo; el cuerpo<br />

humano; los rudimentos de física; las nociones de química, las de<br />

Constitución y moral, todo esto que está contenido en el programa<br />

de las escuelas públicas de 2° grado, quedó suprimido por la<br />

ley de 1889, y el programa de ingreso fué reducido á elementos<br />

inconexos, desprovistos de importancia pedagógica, desde que las<br />

cuatro asignaturas ninguna relación de orden, gradación ó coordinación<br />

presentaban con las comprendidas en los programas de los<br />

cursos de enseñanza secundaria.<br />

La ley de 1889 ha venido, pues, á interponer una solución de<br />

continuidad entre la enseñanza primaria y la secundaria, y mientras<br />

no se la pueda hacer desaparecer por completo, restaurando<br />

lisa y llanamente la primera parte <strong>del</strong> artículo 5.° de la ley de 1885,<br />

podrá buscarse la armonía en lo que ha quedado al alcance de las<br />

autoridades universitarias: en el programa relativo á las cuatro<br />

materias de ingreso.<br />

Es lo que se propone el proyecto <strong>del</strong> señor Rector.<br />

Para dictaminar sobre ól he debido volver á estudiar y comparar<br />

el programa escolar correspondiente á las escuelas primarias y<br />

el de ingreso en la Sección de Enseñanza Secundaria.<br />

Lo primero que debe preguntarse es: ¿ á qué altura se establece<br />

la línea divisoria, ó mejor dicho, la de conjunción de los dos grados<br />

de la enseñanza?<br />

Surgen aquí varios temas.<br />

Pero, dentro de nuestra organización escolar primaria, no hay<br />

que vacilar.<br />

Y bastará preguntarse cuál es el límite general á que llega, á los<br />

doce años cumplidos de edad, el mayor número de alumnos de las<br />

escuelas primarias.<br />

La obligación de escuela empieza á los seis años de edad. El<br />

programa primario se desarrolla por años, y las escuelas de 2.**<br />

grado comprenden, según la resolución de 1897, hasta el 5.° año<br />

inclusive. Al entrar el alumno á los doce años, habrá terminado

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