11.05.2013 Views

Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

60 Anales de la Universidad<br />

I —Hay conveniencia en consignar aquí expresamente este<br />

medio de instrucción tan generalizado en otros países y tan<br />

poco aplicado hasta la fecha entre nosotros (artículo 577 <strong>del</strong><br />

Código Rural) á pesar de sus evidentes ventajas para asegurar<br />

el acierto de las providencias á dictarse, muy especialmente en<br />

ciertos asuntos de orden municipal que interesan á vecindarios<br />

determinados ó les ocasionan gravámenes especiales.<br />

2.—Actualmente este procedimiento es más usado por los<br />

particulares que por la Administración. Son los primeros los<br />

que se encargan de reuuir las opiniones de los vecinos haciéndolas<br />

constar ya por medio de declaraciones testificadas<br />

ó por medio de exposiciones escritas en que se expresan<br />

opiniones sobre las ventajas ó inconvenientes de la medida<br />

proyectada; esto es muy común en las cuestiones de caminos.<br />

Pero como en ese caso las exposiciones se presentan<br />

suscritas por personas cuyas firmas y cuya calidad de vecinos<br />

no se conocen ó no constan en forma alguna, ocurriendo<br />

con frecuencia que se hacen aparecer como linderos ó traslinderos<br />

los que no son ni lo uno ni lo otro, hay conveniencia<br />

en prevenir el abuso eu la forma que establece la parte<br />

final <strong>del</strong> artículo á que nos referimos.<br />

ARTÍCULO 327<br />

Para los informes que se pidiesen á otras reparticiones ó<br />

autoridades públicas, se les pasará el expediente 6 se les<br />

dirigirá exhorto ú oficio, según sea de superior ó igual<br />

categoría, indicándoles los puntos sobre los cuales han de<br />

informar.<br />

Dichos informes podrán solicitarse directamente de la<br />

oficina que haya de producirlos, aún cuando ésta fuera una<br />

dependencia de otra rama de la Administración.<br />

I.—La primera parte de este artículo no hace sino consagrar<br />

expresamente las dos prácticas que al respecto se siguen<br />

actualmente y que es indispensable mantener según los

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!