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Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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68 Anales de la Universidad<br />

AliTÍCULO 328<br />

Cuando la naturaleza de los asuntos lo aconseje ó<br />

para evitar la demora que debe producir la multiplicidad<br />

de informes que hayan de pedirse á distintas reparti­<br />

ciones, podrán aquéllos ser sometidos á un solo dictamen que<br />

producirán en junta los jefes de dichas oficinas.<br />

Suscribirán el informe todos los que se hallasen<br />

conformes, y en caso de discordia se producirán tantos<br />

dictámenes cuantas sean las opiniones divergentes.<br />

Ninguno de los funcionarios designados para formar<br />

la Junta podrá excusarse ni reservarse su voto, salvo<br />

los casos de excusaciones que autoriza el artículo 314 de<br />

este Código.<br />

I.—El procedimiento indicado por este articulo es de ana<br />

utilidad manifiesta, y aun cuando no se halla consignado<br />

hasta el presente en ninguna disposición de carácter general,<br />

ha sido ya aplicado alguna vez como lo demuestra el caso<br />

que pasamos á citar. La Empresa <strong>del</strong> Puerto de Montevideo<br />

pretendía gozar de las franquicias que la ley acuerda á las<br />

industrias pedreras, y que en virtud de esos beneficios podía<br />

ntroducir libremente todos los útiles y maquinarias destinados<br />

á la elaboración de la piedra. El Ministerio que entendía<br />

que la exoneración de derechos sólo se limitaba á<br />

los artículos mencionados en la referida ley, deseaba conocer<br />

cuáles eran los útiles y maquinarias que podían considerarse<br />

comprendidos en la franquicia tal como la Empresa<br />

lo pretendía, y cuál la importancia que esa exención podría<br />

tener <strong>del</strong> punto de vista fiscal. Para informar sobre esos<br />

puntos se constituyó entonces una comisión ó junta especial<br />

en que figuraban el Director de Aduanas, el de la Oficina<br />

Técnica <strong>del</strong> Puerto, el <strong>del</strong> Departaraent) de Ingenieros y el<br />

representante de la Empresa

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