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Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de la Universidad 39<br />

RECHAZO DEL PRESUPUESTO<br />

Conflicto de Poderes.— El derecho de los parlamentos.—Los amagos de<br />

rechazo en Francia y en Inglalerra.—El caso de Chile.—Nuestras<br />

Asatnbleas pueden reprobar los proyectos <strong>del</strong> Ejecutivo.—Menor gravedad<br />

<strong>del</strong> choque en nuestra legislación en que los impuestos se votan<br />

separadamente.<br />

!•—Dos líneas vamos á dedicar á esta cuestión:—El Presupuesto puede<br />

ser rechazado por la Asamblea, —Producido el caso, ¿cuál es la situación<br />

de un país en tales condiciones? En el nuestro ¿están autorizadas<br />

las Cámaras para ello, y qué ocurriría si alguna vez se produjese<br />

esta <strong>del</strong>icada emergencia?<br />

No hay duda que el más grave conflicto de Poderes puede ocurrir<br />

en el funcionamiento de las instituciones <strong>del</strong> Estado. Tal vez este<br />

que estudiamos sea uno de los que acarreen consecuencias más lamentables<br />

y revele al mismo tiempo una situación imposible, revolucionaria,<br />

que no podría prolongarse. Estaríamos ante una crisis cuya<br />

solución sería precipitada por su misma gravedad insostenible.<br />

El derecho de los parlamentos para rechazarle al Poder Ejecutivo<br />

sus presupuestos, es, en general, incuestionable. Sólohablando en sentido<br />

figurado podría exclamarse como M. de Bonal en una sesión de<br />

las Cámaras francesas: «Una Asamblea política no tiene más derecho<br />

de rechazar el Presupuesto que un hombre el de destruirse á sí<br />

mismo, por sus propias manos!...» La experiencia nos demuestra lo<br />

contrario aún cuando en general las Cámaras usan de esa facultad<br />

como mero instrumento de intimidación política.<br />

En Inglaterra, por ejemplo, desde 1868 la Cámara de los Comunes<br />

no ha dejado de votar una sola vez el Presupuesto á pesar de haber<br />

amenazado varias veces con hacerlo. (1)<br />

En Francia ha sucedido otro tanto, poco más ó menos. Planteado<br />

el cjnflicto por la Asamblea, el Poder Ejecutivo se ha visto en la necesidad<br />

de ceder. De otra manera ninguno de los receptores de impuestos<br />

habría percibido, ai ninguno de los pagadores habría pagado<br />

un solo centesimo sin la correspondiente aprobación legislativa.<br />

En la América <strong>del</strong> Sud tenemos un ejemplo de este grave conflicto<br />

durante la revolución parlamentaria de Chile que dio por resultado la<br />

caída <strong>del</strong> Gobierno de Balmaceda.<br />

2.—En la legislación de la República es de competencia <strong>del</strong> Poder<br />

Legislativo la apvohíición 6 reprobación, el aumento ó disminución de los<br />

il) Ei'ftkine May: --Historia \.,onstitucioiial de Iiiglatorra

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