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Año 12, t. 16, entrega 1 (1905) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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20G Anales de la Universidad<br />

clusiones generales, me he creído autorizado para solicitar <strong>del</strong><br />

H. Consejo me conceda una sesión para producir un informe verbal,<br />

á menos que pudieran ya bastar las consideraciones que he<br />

resumido en esta nota.<br />

Saludo á V. S. atentamente.<br />

Carlos Vax Ferreira.<br />

Cursos prácticos de Derecho<br />

Honorable Consejo Universitario:<br />

Informo sobre el proyecto <strong>del</strong> señor Rector que declara materias<br />

prácticas las de Derecho Civil, Derecho Penal, Derecho Comercial,<br />

Derecho Administrativo y Procedimientos Judiciales.<br />

La enseñanza de esas asignaturas debe consistir, no tanto en<br />

aprendizaje nemónico, siempre útil en la práctica profesional y<br />

que se perfecciona especialmente en el curso de Práctica Forense<br />

en la Universidad y en los Juzgados, sino que debe comprender<br />

el estudio de la teoría que sirve de fundamento á las materias que<br />

los códigos nacionales y las leyes orgánicas y especiales de administración<br />

han agrupado y clasificado.<br />

También debe consistir en ejercicios prácticos de aplicación<br />

<strong>del</strong> criterio jurídico sobre temas que el profesor señalará á los estudiantes,<br />

pudiendo ser esos ejercicios orales ó escritos y debiendo<br />

versar siempre sobre composición de trabajos jurídicos, aplicación<br />

de principios ó reglas definidas, comparación con otras legislaciones,<br />

fuentes y comentarios, críticas y reformas posibles<br />

<strong>del</strong> derecho codificado, aplicaciones que ese derecho ha recibido<br />

6 debe recibir en las relaciones generales, en el Foro, ante los<br />

Tribunales.<br />

El carácter práctico que debe tener la enseñanza de las asignaturas,<br />

no es una novedad, y si se necesitara en cuanto al Derecho<br />

Civil, de algún ejemplo, podría citar el de mi ilustre colega el<br />

eminente profesor chileno de Legislación Civil comparada doctor<br />

Alejandro Alvarez, quien acaba de publicar un volumen sobre

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