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POLÍTICAS MICROECONÓMICAS II 443<br />

RECUADRO 16.1.<br />

LOS INSTRUMENTOS DE LA PROTECCIÓN<br />

La protección comercial es tan antigua como el propio<br />

comercio, y los mecanismos mediante los cuales<br />

se instrumenta se han revelado muy resistentes<br />

al paso del tiempo. En general, la protección ha respondido<br />

a una doble motivación: proteger la producción<br />

nacional y generar ingresos aduaneros.<br />

Este segundo motivo es el que explica el extendido<br />

recurso al arancel: los aranceles son sencillos de<br />

aplicar técnicamente y pueden ser alterados con rapidez<br />

en función de las necesidades fiscales. En la<br />

antigüedad, cuando el comercio entre distintos espacios<br />

económicos se producía casi exclusivamente<br />

por vía marítima, las principales barreras eran figuras<br />

como el derecho de fondeo o anclaje y los<br />

aranceles específicos. En la época colonial, las potencias<br />

pugnaban por establecer compañías que<br />

monopolizaran el comercio con ultramar. En España,<br />

por ejemplo, Cádiz ostentó durante mucho tiempo<br />

el monopolio del comercio con las colonias. En<br />

épocas más recientes, el establecimiento de protectorados<br />

en Marruecos y en los restos del imperio<br />

otomano comenzó con el control de las rentas de<br />

aduanas por parte de las potencias europeas, como<br />

medio de asegurarse el reembolso de los créditos<br />

otorgados. Incluso en la actualidad, gran parte de<br />

los países en desarrollo experimentan serias dificultades<br />

para liberalizar sus regímenes comerciales,<br />

pues suponen un elevado porcentaje de sus ingresos<br />

fiscales.<br />

En consecuencia, los instrumentos de protección<br />

más conocidos son las barreras arancelarias.<br />

Además de los aranceles ad valorem y específicos,<br />

más utilizados, hay otro tipo de derechos. Los contingentes<br />

arancelarios son cuotas sometidas a un<br />

arancel determinado: la política comercial comunitaria<br />

admite una cantidad determinada de naranjas<br />

procedentes de Israel a tipo cero; una vez superado<br />

dicho contingente, se aplica el arancel correspondiente.<br />

Los derechos variables consisten en aplicar<br />

un arancel por el importe de la diferencia entre el<br />

precio de referencia fijado para una determinada<br />

mercancía y el precio efectivo al que ésta se importa;<br />

por ejemplo, antes de la reforma de la Política<br />

Agrícola Común (PAC), una importación de trigo<br />

que entraba a un precio inferior al de referencia<br />

fijado por la Comisión Europea soportaba una<br />

exacción que igualaba el precio de referencia. Los<br />

derechos anti-dumping y compensatorios son<br />

aranceles adoptados en represalia por una conducta<br />

impropia de algún socio comercial: por ejemplo,<br />

las importaciones de acero asiáticas son regularmente<br />

gravadas con derechos anti-dumping, al<br />

estimarse que se colocan en el exterior a un precio<br />

inferior al de su fabricación en el país de origen. En<br />

forma semejante, Estados Unidos ha aplicado recientemente<br />

derechos compensatorios a los quesos<br />

franceses en represalia por la restrictiva normativa<br />

comunitaria en materia de carne hormonada.<br />

Las barreras no arancelarias han proliferado en<br />

los últimos años, cuando el objetivo estriba más en<br />

proteger que en recaudar. El GATT-OMC suele clasificarlas<br />

en barreras que actúan sobre las cantidades,<br />

barreras que actúan sobre los precios o los<br />

costes y medidas sin efectos aparentes. Entre las<br />

medidas que pretenden restringir las cantidades<br />

importadas destacan las cuotas o contingentes, que<br />

suelen instrumentarse mediante licencias de importación.<br />

Otra medida muy empleada es la del comercio<br />

de Estado, consistente en que sólo el Estado,<br />

o empresas en las que éste delega, pueden<br />

comerciar con los productos de referencia: fue el<br />

caso del petróleo en España hasta épocas relativamente<br />

recientes o el comercio de armas en la actualidad.<br />

Las compras públicas es un mecanismo<br />

en que el sector público otorga un margen de preferencia<br />

a las empresas domésticas: en licitaciones<br />

internacionales, la oferta nacional recibe un margen<br />

preferencial, digamos del 10%; es decir, que con<br />

una oferta un 10% más onerosa para el Estado que<br />

la de los competidores foráneos, la empresa nacional<br />

se adjudica el contrato. Otro instrumento muy<br />

utilizado en los países en desarrollo es el control de<br />

cambios, que limita el acceso a las divisas precisas<br />

para pagar las importaciones. Hay medidas que actúan<br />

indirectamente, como las restricciones a la comercialización:<br />

hace unos años se establecían unos<br />

límites a la cantidad de concesionarios que las marcas<br />

japonesas de automóviles podían establecer en<br />

determinados países europeos, restringiendo así su<br />

comercialización. Evidentemente, el efecto indirecto<br />

de todas estas medidas es elevar el precio del<br />

bien importado.<br />

Entre las barreras que actúan directamente sobre<br />

los precios o los costes, podemos destacar los depósitos<br />

previos a la importación: antes de proceder<br />

a la importación de un bien, el importador está obligado<br />

a depositar un porcentaje de su valor, normalmente<br />

en divisas, en cuentas bancarias no retribuidas;<br />

se penaliza así la actividad importadora. Otra<br />

medida estriba en restringir el crédito facilitado a las<br />

actividades importadoras, o en darlo a tipos de interés<br />

más elevados que los vigentes en actividades<br />

alternativas. La importación puede desalentarse indirectamente<br />

mediante trabas administrativas (complicando<br />

los trámites burocráticos) o instaurando<br />

normas técnicas muy exigentes. Un ejemplo de este<br />

último caso lo tenemos en las normativas sanitarias<br />

y fitosanitarias, que en ocasiones pueden tener un<br />

cariz proteccionista. A modo de ejemplo, la UE hubo

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