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parte 2 - pdf - La Hora

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Seguridad humana y protección contra incendios<br />

b.4) Resistencia al fuego. Cuando el sistema de ventiladores que provee la presurización está<br />

ubicado dentro de la edificación debe estar protegido con la misma clasificación de resistencia al<br />

fuego requerida para el cerramiento de ductos de ascensores.<br />

b.5.) Detección de humo. El sistema de ventiladores debe estar equipado con un detector de<br />

humo que cerrará automáticamente el sistema de ventiladores cuando se detecte humo dentro<br />

del sistema.<br />

b.6.) Sistemas separados. Se debe usar un sistema de ventiladores separado para cada grupo de<br />

ascensores.<br />

b.7.) Capacidad del ventilador. El ventilador de suministro debe ser ajustable con una capacidad<br />

de al menos 0.4719 m 3 /s (1,000cfm) por puerta, o bien aquel especificado por el profesional<br />

registrado de diseño para cumplir con los requisitos de un sistema diseñado de presurización.<br />

c) Fuente de alimentación eléctrica de reserva. El sistema de presurización debe estar provisto<br />

con una fuente de alimentación eléctrica de reserva desde la misma fuente que los otros<br />

sistemas de emergencia requeridos para la edificación.<br />

d) Activación del sistema de presurización. El sistema de presurización de ascensores debe<br />

activarse ante la activación del sistema de alarma contra incendios de la edificación o ante la<br />

activación de los detectores de humo del vestíbulo de ascensores.<br />

4.5.7. TABIQUES ANTIFUEGO<br />

4.5.7.1. Generalidades<br />

Los siguientes sistemas de muros deben cumplir con esta sección.<br />

1. Los muros que separan unidades de vivienda en la misma edificación.<br />

2. Los muros que separan unidades de dormitorio en destinos de Grupo R-1 hotel, R-2 e I-1,<br />

destinos de hotel, R-2 e I-1.<br />

3. Los muros que separan espacios de alquiler en edificaciones de centro comercial bajo techo<br />

como se requiere en la sección 4.2.1.17 literal (b).<br />

4. Muros de corredor como se requiere en la NFPA 1 y NFPA 101.<br />

5. <strong>La</strong> separación de vestíbulo de ascensores requerida por la sección 4.5.6.14 literal (a).<br />

6. Hangares residenciales de aeronaves.<br />

4.5.7.2. Materiales<br />

Los muros deben ser de materiales permitidos según el tipo de construcción de la edificación.<br />

4.5.7.3. Clasificación de resistencia al fuego<br />

Los tabiques anti fuego deben tener una clasificación de resistencia al fuego de al menos 1 hora.<br />

Excepciones:<br />

1. Los muros de corredores como se permite en la Tabla 1017.1.<br />

2. <strong>La</strong>s separaciones de unidades de vivienda y unidades de dormitorio en edificaciones de<br />

construcción Tipo IIB, IIIB y VB deben tener clasificaciones de resistencia al fuego no menores a ½<br />

hora en edificaciones equipadas completamente con un sistema de rociadores automático de<br />

acuerdo con la sección 4.7.2.12 literal (a.1.).<br />

4.5.7.4. Continuidad<br />

Los tabiques anti fuego deben extenderse desde la <strong>parte</strong> superior de la fundación o del sistema<br />

de piso/cielorraso de abajo hasta el lado inferior del piso o entablado, losa o cubierta de techo de<br />

CEC-10 PARTE 11-183

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