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parte 2 - pdf - La Hora

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Seguridad humana y protección contra incendios<br />

o.6.) Barreras antihumo. Deben hacerse mediciones de las diferencias de presión a través de las<br />

barreras antihumo usando manómetros inclinados y otros dispositivos de medición aprobados<br />

debidamente calibrados. Dichas mediciones deben ser realizadas para cada posible condición de<br />

control de humo.<br />

o.7.) Controles. Cada zona de control de humo, equipada con un dispositivo de iniciación<br />

automático, debe ser puesta en operación mediante el accionamiento de uno de dichos<br />

dispositivos. Debe verificarse que cada dispositivo adicional dentro de la zona cause la misma<br />

secuencia sin requerir la operación de los motores de ventilador de manera de prevenir daños.<br />

<strong>La</strong>s secuencias de control deben ser verificadas en todo el sistema, incluida la verificación de la<br />

anulación desde el panel de control del extintor de incendios y la simulación de las condiciones de<br />

energía de reserva.<br />

o.8.) Inspecciones especiales para el control de humo. Los sistemas de control de humo deben<br />

ser ensayados por un inspector especial.<br />

o.9.) Alcance del ensayo. <strong>La</strong>s inspecciones especiales deben ser realizadas de acuerdo con lo<br />

siguiente:<br />

1. Durante la construcción de ductos y previo a su ocultación, para propósitos de ensayos de<br />

pérdida y el registro de la ubicación de los dispositivos.<br />

2. Previo a la ocupación y luego de suficiente terminación, para propósitos de ensayos de<br />

diferencia de presión, mediciones de flujo, y verificación de detección y control.<br />

o.10) Calificaciones. <strong>La</strong>s agencias de inspección especiales para control de humo deben tener<br />

experiencia en ingeniería de protección contra incendios, ingeniería mecánica y certificación<br />

como balanceadores de aire.<br />

o.11.) Informes. Un informe completo de los ensayos debe ser preparado por el inspector<br />

especial o agencia de inspección especial. El informe debe incluir la identificación de todos los<br />

dispositivos por fabricante, datos de la placa con nombre, valores de diseño, valores medidos y<br />

etiqueta o marca de identificación. El informe debe ser revisado por el profesional de diseño<br />

registrado responsable y, cuando se ha alcanzado el diseño pretendido, el profesional de diseño<br />

registrado responsable debe sellar, firmar y fechar el informe.<br />

o.12.) Archivo de informe. Debe archivarse una copia del informe final con la autoridad<br />

competente de protección contra incendios y una copia idéntica debe ser mantenida en una<br />

ubicación aprobada en la edificación.<br />

o.13.) Identificación y documentación. Los gráficos, dibujos y otros documentos que identifican y<br />

ubican cada componente del sistema de control de humo, y que describen su función apropiada y<br />

los requisitos de mantenimiento, deben ser mantenidos archivados en la edificación como un<br />

aditamento al informe requerido por la Sección 909.18.8.3. Los dispositivos deben tener sobre<br />

ellos una etiqueta o marca de identificación aprobada y consistente con la otra documentación<br />

requerida y deben estar fechados indicando la última fecha y por quién fueron exitosamente<br />

ensayados.<br />

p) Aceptación del sistema. <strong>La</strong>s edificaciones, o porciones de las mismas, que este código requiere<br />

que cumplan con esta sección no deben recibir la autorización o certificado de ocupación hasta el<br />

momento en que la autoridad competente de protección contra incendios determine que las<br />

disposiciones de esta sección se cumplen completamente, y que el Cuerpo de bomberos ha<br />

recibido satisfactoriamente instrucción sobre la operación, tanto automática como manual, del<br />

sistema.<br />

Excepción: En edificaciones de construcción en etapas, se debe permitir un certificado temporal<br />

de ocupación, según sea aprobado por la autoridad competente de protección contra incendios,<br />

siempre que esas porciones de la edificación que se ocuparán cumplan con los requisitos de esta<br />

CEC-10 PARTE 11-346

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