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parte 2 - pdf - La Hora

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Seguridad humana y protección contra incendios<br />

f) Tuberías y superficies expuestas. <strong>La</strong>s tuberías de agua caliente y drenaje expuestas debajo de<br />

los lavatorios deben ser aislados para proteger contra algún posible contacto. No puede haber<br />

superficies ni filudas ni abrasivas debajo de los lavatorios.<br />

g) Griferías. <strong>La</strong>s griferías deben cumplir con la sección 4.9.3.28 (d).<br />

4.9.3.28. Bodegas<br />

a) Generalidades. <strong>La</strong>s instalaciones fijas para bodegaje tales como gabinetes, repisas, closets y<br />

cajones que requieran ser accesibles según la sección 4.9.3.1 tienen que cumplir con sección<br />

4.9.3.28.<br />

b) Espacio libre de piso requerido. Un espacio libre de piso requerido de por lo menos 76cm por<br />

122cm que cumpla con la sección 4.9.3.7 (d) y que permita ya sea una aproximación frontal o<br />

paralela para una persona usando silla de ruedas tiene que ser provista en las instalaciones de<br />

bodegajes accesibles.<br />

c) Altura. Los espacios de bodegas accesibles tienen que estar por lo menos dentro de uno de los<br />

rangos de alcance especificados en las secciones 4.9.3.7 (e) y (f) (Ver figura 66 y 87). Los tubos de<br />

colgar ropa o repisas tienen que tener máximo 137cm sobre el piso terminado cuando sean de<br />

aproximación lateral. Cuando la distancia desde la silla de ruedas al tubo de ropa o repisas exceda<br />

de 25,5cm (como en closets que no tienen puertas accesibles), la altura y profundidad hasta el<br />

tubo o repisa deben cumplir con las Figuras 66 y 87.<br />

FIGURA 87. SILLA DE RUEDAS<br />

Alcance de repisas y guardarropa<br />

d) Herrajes. Los herrajes para instalaciones de bodegas accesibles deben cumplir la sección<br />

4.9.3.30 (d).<br />

4.9.3.29. Mangones y asientos de tinas y duchas<br />

a) Generalidades. Todos los mangones y asientos de tinas y duchas que requieran ser accesibles<br />

según las secciones 4.9.3.1, 4.9.3.13, 4.9.3.14, 4.9.3.20, 4.9.3.21, 4.9.3.24 o 4.9.3.25, deben<br />

cumplir con la sección 4.9.3.30 (Ver figura D.9).<br />

b) Tamaño y espaciamiento de los mangones. El diámetro o ancho del mangón tiene que ser de<br />

3,2cm a 3,8cm, o la forma debe tener la misma superficie de agarre. Si el mangón esta colocado<br />

adyacente a una pared, el espacio entre el mangón y la pared tiene que ser de 3,8cm (Ver figuras<br />

39). Los mangones también pueden introducirse en un nicho, siempre y cuando el nicho sea de<br />

7,5cm de profundidad y se extiende mínimo 45,5cm sobre la <strong>parte</strong> de arriba del mangón (Ver<br />

figura 39).<br />

CEC-10 PARTE 11-457

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