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parte 2 - pdf - La Hora

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Seguridad humana y protección contra incendios<br />

3. Los sistemas de rociadores automáticos instalados de acuerdo con NFPA 13R cuando se utiliza<br />

un suministro común principal para abastecer tanto agua doméstica como a los sistemas de<br />

rociadores automáticos y no se provee una válvula de cierre separada para el sistema de<br />

rociadores automáticos.<br />

4. Válvulas de control de bomba de maniobra que están selladas o trabadas en la posición abierta.<br />

5. Válvulas de control de campanas de cocina comercial, cabinas de pintado por rociado o tanques<br />

de inmersión que están selladas o trabadas en la posición abierta.<br />

6. Válvulas que controlan el suministro de combustible a motores de bombas de incendio que<br />

están selladas o trabadas en la posición abierta.<br />

7. Válvulas de ajuste o de equilibrio para interruptores de presión en sistemas de rociadores<br />

secos, de preacción y diluvio que están selladas o trabadas en la posición abierta.<br />

a) Señales. <strong>La</strong>s señales de alarma, supervisión e inconveniente deben ser claramente diferentes y<br />

automáticamente transmitidas a una estación central, estación de supervisión remota o estación<br />

de supervisión patentada aprobada como se define en NFPA 72 ó, cuando sea aprobado por la<br />

autoridad competente de protección contra incendios, debe sonar una señal audible en una<br />

ubicación constantemente atendida.<br />

Excepciones:<br />

1. <strong>La</strong>s válvulas de cubo y de llave subterráneas en cajas de calle provistas por la municipalidad o<br />

por los servicios públicos no requieren ser monitoreadas.<br />

2. <strong>La</strong>s válvulas de ensayo del dispositivo de prevención de contra flujo, ubicadas en la tubería de<br />

suministro del sistema de rociadores de área limitada, deben estar trabadas en la posición<br />

abierta. En los destinos que requieren ser equipados con un sistema de alarma contra incendios,<br />

las válvulas de prevención de contra flujo deben ser supervisadas eléctricamente por un<br />

interruptor de interferencia instalado de acuerdo con NFPA 72 y anunciado separadamente.<br />

b) Alarmas. Deben conectarse dispositivos audibles aprobados a todo sistema de rociadores<br />

automáticos.<br />

Dichos dispositivos de alarma de flujo de agua de los rociadores deben activarse por un flujo<br />

equivalente al flujo de un rociador único del menor tamaño de orificio instalado en el sistema. Los<br />

dispositivos de alarma deben ser provistos en el exterior de la edificación en una ubicación<br />

aprobada. Cuando se instale un sistema de alarma contra incendios, la activación del sistema de<br />

rociadores automáticos debe activar el sistema de alarma contra incendios de la edificación.<br />

c) Válvulas de control de piso. Deben proveerse válvulas de control indicadoras supervisadas y<br />

aprobadas en el punto de conexión con el tubo vertical en cada piso en edificaciones de gran<br />

altura.<br />

d) Ensayos y mantenimiento. Los sistemas de rociadores deben ser ensayados y mantenidos de<br />

acuerdo con la NFPA 1 Y 101.<br />

4.7.3. SISTEMAS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS AUTOMÁTICOS<br />

ALTERNATIVOS<br />

4.7.3.1. Generalidades<br />

Los sistemas de extinción de incendios automáticos, que no sean sistemas de rociadores<br />

automáticos, deben ser diseñados, instalados, inspeccionados, ensayados y mantenidos de<br />

acuerdo con las disposiciones de esta sección y las normas citadas aplicables.<br />

CEC-10 PARTE 11-314

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