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parte 2 - pdf - La Hora

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Excepciones:<br />

Seguridad humana y protección contra incendios<br />

1. Sistemas de control de humo pasivos con dispositivos de cierre automático activados por<br />

detectores de humo de tipo puntual para descarga del servicio instalados de acuerdo con la<br />

Sección 4.7.6.10.<br />

2. Aberturas fijas entre zonas de control de humo que están protegidas utilizando el método del<br />

flujo de aire.<br />

3. En Grupo I-2, donde dichas puertas estén instaladas a través de los corredores, deben instalarse<br />

un par de puertas pivotantes opuestas sin un larguero central que tengan paneles de visión con<br />

materiales vidriados con clasificación de protección contra incendios en marcos con clasificación<br />

de protección contra incendios, cuya área no debe exceder a la ensayada. <strong>La</strong>s puertas deben ser<br />

herméticas con tolerancias operacionales y no deben tener resquicios, celosías o rejillas. <strong>La</strong>s<br />

puertas deben tener topes de dintel y jamba, o muescas en los bordes en contacto, y deben ser<br />

de cierre automático ante la detección de humo de acuerdo con la sección 4.5.14.4 literal (c7) (c).<br />

No se requieren mecanismos de traba positivos.<br />

4. Grupo I-3.<br />

5. <strong>La</strong>s aberturas entre zonas de control de humo con alturas libres de cielorraso de 4,26m o<br />

mayores y capacidad de acumulación mayor a 20 minutos como se determina por el tamaño del<br />

incendio de diseño.<br />

b.1.) Ductos y aberturas para transferencia de aire. Los ductos y aberturas para transferencia de<br />

aire requieren ser protegidos con un regulador de tiro antihumo como mínimo Clase II, 250ºF<br />

(121ºC) que cumpla con la sección 4.5.15.<br />

c) Método de presurización. El medio mecánico principal de control de humo debe ser por<br />

diferencias de presión a través de las barreras antihumo. En la zona de control de humo de origen<br />

del incendio no se requiere el mantenimiento de un entorno sostenible.<br />

c.1.) Diferencia de presión mínima. <strong>La</strong> diferencia de presión mínima a través de una barrera<br />

antihumo debe ser de 0.05 pulgada de columna de agua (0.0124 kPa) en edificaciones totalmente<br />

equipadas con rociadores. En las edificaciones a las que se permite no estar totalmente equipadas<br />

con rociadores, el sistema de control de humo debe ser diseñado para alcanzar diferencias de<br />

presión de al menos dos veces la diferencia de presión calculada máxima producida por el<br />

incendio de diseño.<br />

c.2.) Diferencia de presión máxima. <strong>La</strong> diferencia de presión de aire máxima a través de una<br />

barrera antihumo debe ser determinada mediante las fuerzas requeridas de apertura o cierre de<br />

puerta. <strong>La</strong> fuerza real requerida para abrir las puertas de salida cuando el sistema está en el modo<br />

de control de humo debe estar de acuerdo con la NFPA 1 y NFPA 101. <strong>La</strong>s fuerzas de apertura y<br />

cierre para otras puertas deben ser determinadas por los métodos de ingeniería estándar para la<br />

resolución de fuerzas y reacciones. <strong>La</strong> fuerza calculada para poner una puerta pivotante con<br />

bisagras laterales en movimiento debe ser determinada mediante:<br />

F = Fdc +K(WA∆P)/2(W- d) (23)<br />

Donde:<br />

A = Área de la puerta, (m2).<br />

d = Distancia desde la manija de la puerta hasta el canto del cerrojo de la puerta, (m).<br />

F = Fuerza total para apertura de la puerta, Newtons (N).<br />

Fdc = Fuerza requerida para vencer al dispositivo de cierre, Newtons (N).<br />

K = 1.0 (Coeficiente)<br />

CEC-10 PARTE 11-339

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