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parte 2 - pdf - La Hora

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Seguridad humana y protección contra incendios<br />

automático de detección de incendios, supervisado y aprobado, de acuerdo con la<br />

Sección 9.6 de la NFPA 101.<br />

2. <strong>La</strong>s puertas se destraben ante la pérdida de energía que controla la cerradura o el<br />

mecanismo de cierre.<br />

3. Un proceso irreversible destrabe la cerradura dentro de los 15 segundos de la puesta<br />

en funcionamiento del dispositivo de destrabe requerido en la sección 4.8.2.1 literal (e d.)<br />

con una fuerza que no deberá requerir que se excedan los 15 lbf (67 N) ni que funcione<br />

continuamente más de 3 segundos. <strong>La</strong> iniciación del proceso de destrabe deberá activar<br />

una señal cercana a la puerta para asegurar a quienes intentan egresar que el sistema<br />

funciona. Una vez que la cerradura haya sido destrabada por la aplicación de fuerza sobre<br />

el dispositivo de destrabe, se deberá volver a cerrar únicamente por medios manuales.<br />

Excepción: Cuando esté aprobado por la autoridad competente, se deberá permitir una demora<br />

de no más de 30 segundos.<br />

4. Sobre la puerta adyacente al dispositivo de destrabe, deberá haber una señal<br />

fácilmente visible y perdurable, en caracteres de por lo menos 2,5 cm de altura y 0,3 cm<br />

de ancho, sobre un fondo contrastante, con la leyenda:<br />

EMPUJE HASTA QUE SUENE LA ALARMA ESTA PUERTA PUEDE ABRIRSE EN 15 SEGUNDOS<br />

f.2.) Puertas de egreso de acceso controlado. Cuando lo permitan los Capítulos 11 a 42 de la<br />

norma NFPA 101, se deberá permitir que las puertas en los medios de egreso estén equipadas con<br />

un sistema aprobado de control de egreso e ingreso, siempre que se cumplan los criterios<br />

siguientes:<br />

a. Se disponga de un sensor sobre el lado de egreso, dispuesto para detectar a los ocupantes que<br />

se aproximan a las puertas, y las puertas estén dispuestos de modo que se destraben al detectar<br />

la proximidad de los ocupantes o la pérdida de energía del sensor.<br />

b. <strong>La</strong> pérdida de energía en esa <strong>parte</strong> del sistema de control del acceso que traba las puertas, las<br />

destrabe automáticamente.<br />

c. <strong>La</strong>s puertas estén dispuestas para destrabarse mediante un dispositivo manual de destrabe<br />

ubicado entre 102 cm y 122 cm verticalmente por encima del piso y dentro de los 1,5 m de las<br />

puertas aseguradas. El dispositivo manual de destrabe será fácilmente accesible y estará<br />

claramente identificado con una señal con la leyenda:<br />

EMPUJE PARA SALIR<br />

Al ser activado, el dispositivo manual de destrabe deberá causar la interrupción directa de la<br />

energía hacia la cerradura - independiente de la electrónica del sistema de control del acceso - y<br />

las puertas deberán permanecer destrabadas durante por lo menos 30 segundos.<br />

d. <strong>La</strong> activación del sistema de señalización protector contra incendios del edificio, si lo hubiera,<br />

destrabe automáticamente las puertas y éstas permanezcan destrabadas hasta que dicho sistema<br />

haya sido reajustado manualmente.<br />

e. <strong>La</strong> activación del sistema de rociadores automáticos o de detección de incendios del edificio, si<br />

lo hubiera, destrabe automáticamente las puertas y estas permanezcan destrabadas hasta que el<br />

sistema de señalización protector contra incendios haya sido reajustado manualmente.<br />

g) Herrajes para casos de pánico y para salidas.<br />

a. Cuando se requiera que una puerta esté equipada con herrajes para casos de pánico o para<br />

salidas, dichos dispositivo de destrabe deberá:<br />

CEC-10 PARTE 11-361

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