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parte 2 - pdf - La Hora

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Seguridad humana y protección contra incendios<br />

e) Señales de salida en la proximidad del piso. Cuando los Capítulos 11 a 42 de la Norma NFPA<br />

101 requieran señales de salida en la proximidad del piso, las señales de salida se deberán ubicar<br />

cerca del nivel del piso además de las señales requeridas para las puertas o los corredores. Estas<br />

señales deberán estar iluminadas de acuerdo con la sección 4.8.10.5. <strong>La</strong>s señales iluminadas<br />

externamente deberán estar dimensionadas de acuerdo con la sección 4.8.10.6 literal (a). <strong>La</strong><br />

<strong>parte</strong> inferior de la señal deberá estar por lo menos a 15cm y a no más de 20cm por encima del<br />

piso. Para las puertas de salida, la señal se deberá montar sobre la puerta o adyacente a ésta, con<br />

el borde más cercano dentro de las 10,2 cm el marco de la puerta.<br />

f) Señalización del sendero de egreso en la proximidad del piso. Cuando los Capítulos 11 a 42 de<br />

la Norma NFPA 101 requieran el marcado del sendero de egreso en la proximidad del piso, se<br />

deberá instalar un sistema de señalización del camino de egreso listado y aprobado iluminado<br />

interiormente en la proximidad del piso dentro de los 20cm del piso. El sistema deberá<br />

proporcionar una delineación visible del sendero de recorrido a lo largo del acceso de salida<br />

designado y deberá ser esencialmente continuo, excepto cuando sea interrumpido por vanos de<br />

puertas, vestíbulos, corredores u otros aspectos arquitectónicos. El sistema deberá funcionar en<br />

forma continua o en cualquier momento en que se active la alarma contra incendios del edificio.<br />

<strong>La</strong> activación, la duración y la continuidad del funcionamiento del sistema deberán estar de<br />

acuerdo con la sección 4.8.9.2.<br />

g) Visibilidad. Cada señal requerida en la sección 4.8.10 deberá tener una ubicación, dirección,<br />

color distintivo, y diseño para que sea fácilmente visible y deberá contrastar con la decoración, los<br />

acabados interiores, u otras señales. No deberán permitirse decoraciones, mobiliario o equipos<br />

que dificulten la visibilidad de una señal de salida, ni deberá haber ninguna señal iluminada<br />

brillantemente (para propósitos distintos de los de salida), pantallas u objetos en o cerca de la<br />

línea de la señal de salida requerida, de características tales que puedan desviar la atención de la<br />

señal de salida.<br />

4.8.10.2. Señales direccionales<br />

En cada ubicación donde la dirección del recorrido para alcanzar la salida más cercana no sea<br />

evidente, se deberá colocar una señalización que cumpla con la sección 4.8.10.3. con una señal<br />

direccional que muestre la dirección del recorrido.<br />

4.8.10.3. Texto de la señalización<br />

<strong>La</strong>s señalizaciones requeridas por las secciones 4.8.10.1. y 4.8.10.2 deberán tener la palabra<br />

"SALIDA" o una designación similar apropiada en letras fácilmente legibles.<br />

4.8.10.4. Fuente de energía<br />

Cuando las instalaciones de iluminación de emergencia sean requeridas por las disposiciones<br />

aplicables de los Capítulos 11 a 42 de la Norma NFPA 101 para las ocupaciones individuales, las<br />

señales de la salida, distintas de las señalizaciones auto luminosas aprobadas, deberán estar<br />

iluminadas por las instalaciones de iluminación de emergencia. El nivel de iluminación de la<br />

señalización de la salida deberá estar de acuerdo con las secciones 4.8.10 literal (c) o 4.8.10.7.<br />

para el tiempo requerido de duración de la iluminación de emergencia, según lo especificado en la<br />

sección 4.8.9.2 (a), pero se deberá permitir que decline al 60% del nivel de iluminación en el final<br />

del tiempo de duración de la iluminación de emergencia.<br />

4.8.10.5. Iluminación de las señales<br />

a) Generalidades. Cada señal requerida por las secciones 4.8.10.1. literal (b) o (d), que no sean<br />

operaciones o procesos que requieren niveles bajos de iluminación, deberá estar adecuadamente<br />

iluminada por una fuente de luz confiable. <strong>La</strong>s señales iluminadas exterior e interiormente<br />

deberán ser legibles en condiciones de iluminación tanto normales como de emergencia.<br />

CEC-10 PARTE 11-404

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