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parte 2 - pdf - La Hora

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Seguridad humana y protección contra incendios<br />

cerramientos a prueba de humo usando ventilación natural, ventilación mecánica incorporando<br />

un vestíbulo, o presurizando el cerramiento de la escalera.<br />

c) Cerramiento. Los cerramientos a prueba de humo deberán estar cerrados desde el punto más<br />

alto hasta el más bajo por barreras que posean evaluaciones de resistencia al fuego de 2 horas.<br />

Cuando se use un vestíbulo, deberá encontrarse dentro del cerramiento evaluado y deberá<br />

considerarse como <strong>parte</strong> del cerramiento a prueba de humo.<br />

d) Vestíbulo. Cuando exista un vestíbulo, el vano de la puerta dentro del vestíbulo deberá estar<br />

protegido con un conjunto de puertas contra incendio aprobado, con una evaluación de<br />

protección al fuego de 1½ horas, y el conjunto de puertas desde el vestíbulo hasta el cerramiento<br />

a prueba de humo deberá tener una evaluación de por lo menos 20 minutos de protección contra<br />

el fuego. <strong>La</strong>s puertas deberán estar diseñadas para minimizar el escape de aire y deberán ser<br />

autocerrantes o de cierre automático mediante la activación de un detector de humo dentro de<br />

los 3 m de la puerta del vestíbulo.<br />

e) Descarga. Todos los cerramientos a prueba de humo descargarán en un camino público, en un<br />

patio o en un callejón de acceso directo a un camino público o a un pasaje de salida. Dichos<br />

pasajes de salida no deberán tener aberturas diferentes a la entrada del cerramiento a prueba de<br />

humo y la puerta al patio o camino público. El pasaje de la salida deberá estar separado del resto<br />

del edificio por una clasificación de resistencia al fuego de 2 horas.<br />

f) Acceso. El acceso a la escalera deberá ser por medio de un vestíbulo o por medio de un balcón<br />

exterior.<br />

Excepción: Este requisito no deberá aplicarse a los cerramientos a prueba de humo consistentes<br />

en un cerramiento de escaleras presurizado, que cumplan con la sección 4.8.2.3 literal (i).<br />

g) Ventilación natural. Los cerramientos a prueba de humo que usen ventilación natural deberán<br />

cumplir con la sección 4.8.2.3 literal (c) y con lo siguiente.<br />

a. Cuando el acceso a las escaleras sea por medio de un balcón exterior abierto, el<br />

conjunto de puertas hacia la escalera deberá tener una evaluación de protección contra el<br />

fuego de 1½ horas y deberá ser autocerrante o de cierre automático mediante la<br />

activación de un detector de humo. <strong>La</strong>s aberturas adyacentes a dichos balcones exteriores<br />

deberán estar protegidas de acuerdo con la sección 4.8.2.2 literal (f.5.).<br />

b. Todos los vestíbulos deberán tener un área neta mínima de 1,5 m2 de abertura en la<br />

pared exterior que enfrenta un callejón exterior, un patio o un espacio público de por lo<br />

menos 6,1 m de ancho.<br />

c. Cada vestíbulo deberá tener una dimensión mínima de por lo menos el ancho requerido<br />

del corredor que conduce hacia él y una dimensión mínima de 183cm en la dirección del<br />

recorrido.<br />

h) Ventilación mecánica. Los cerramientos a prueba de humo que usen ventilación mecánica<br />

deberán cumplir con la sección 4.8.2.3 literal (c) y con lo siguiente.<br />

a. Los vestíbulos deberán tener una dimensión mínima de 112cm de ancho y 183cm en la<br />

dirección del recorrido;<br />

b. El vestíbulo deberá tener por lo menos un cambio de aire por minuto y el escape de<br />

aire deberá ser el 150% del suministro. El aire suministrado deberá entrar y el aire usado<br />

deberá ser descargado del vestíbulo mediante conductos separados sólidamente<br />

construidos, usados únicamente para ese propósito. El aire suministrado deberá entrar en<br />

el vestíbulo dentro de los 15,2 cm del nivel del piso. <strong>La</strong> <strong>parte</strong> superior del registro del<br />

ventilador deberá estar ubicado a no más de 15,2cm desde la <strong>parte</strong> superior de la trampa<br />

CEC-10 PARTE 11-374

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