13.05.2013 Views

parte 2 - pdf - La Hora

parte 2 - pdf - La Hora

parte 2 - pdf - La Hora

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Seguridad humana y protección contra incendios<br />

b. Donde existan imposibilidades técnicas para cumplir con la sección 4.9.3.15 (i), las dimensiones<br />

mínimas interiores del ascensor pueden ser reducidas a la mínima cantidad necesaria, pero en<br />

ningún caso menor a 92cm. por 137cm. de espacio libre interior de cabina y con una puerta no<br />

menor a 91.5cm ubicada en el lado de menor dimensión de la cabina según (Ver figura 59).<br />

FIGURA 59.<br />

Dimensiones interiores de ascensores<br />

c. Instalaciones equivalentes se pueden construir para ascensores de distintas dimensiones<br />

cuando su uso continuo puede ser demostrado y cuando todos los demás elementos requeridos<br />

sean accesibles y cumplan con las especificaciones de la sección 4.9.3.15. Por ejemplo, un<br />

elevador de (1,20m por 1,75m) con una abertura de puerta en la dimensión más pequeña, podría<br />

acomodar a los espacios libres que requiere a la silla de ruedas estándar mostrada en la figura 22<br />

y 23.<br />

e.4.) Puertas: Cuando es técnicamente imposible de cumplir con el ancho que requiere la sección<br />

4.9.3.17 (d), se permitirá una protuberancia de 1,60cm. Máximo en el lado de la cerradura.<br />

e.5) Cuarto de Baños: Donde es técnicamente imposible alterar todas las áreas de ejecución para<br />

hacer una ruta accesible, por lo menos una de cada tipo de área de ejecución debe ser accesible<br />

(ver figura 48).<br />

e.6) Plataformas elevadoras (plataformas para sillas de ruedas): En modificaciones o<br />

remodelaciones, las plataformas elevadoras cumpliendo con la sección 4.9.3.16 y aplicables a este<br />

código tienen que ser usadas como <strong>parte</strong>s de una ruta accesible. El uso de estos elevadores no es<br />

limitado para las cuatro condiciones en Excepción 4 de la sección 1104.1.3 (5).<br />

e.7) Vestidores: En modificaciones, cambios o remodelaciones donde se puede demostrar que es<br />

técnicamente impracticable, un vestidor para cada sexo en cada nivel debe ser accesible. Donde<br />

CEC-10 PARTE 11-432

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!