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parte 2 - pdf - La Hora

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Seguridad humana y protección contra incendios<br />

deben colocar rampas en las <strong>parte</strong>s exteriores de los parqueos y pasillos accesibles. El espacio de<br />

parqueos de vehículos no debe reducir el ancho de una ruta accesible. Los espacio de parqueos y<br />

caminos accesibles deben ser nivelados con una inclinación que no debe exceder el 2% en todas<br />

las direcciones. Los espacios de parqueo paralelos deben estar al mismo nivel que la superficie del<br />

parqueadero, pueden empatar el grado de inclinación de la línea de viaje, pero no puede exceder<br />

de una pendiente perpendicular de 2%, donde sea posible. Estos espacios deben ser diseñados<br />

según las secciones 1104.6.2 hasta 1104.6.5 (Ver figura 31 y 32).<br />

d) Señalización: Cada espacio de parqueo accesible debe estar prominentemente diferenciado<br />

con línea de pintura azul a los laterales, y debe ser repintado cuando sea necesario, para que sea<br />

claramente distinguido como un espacio de parqueo designado para personas que tengan<br />

discapacidades y debe tener puesto una señalización permanente con el símbolo internacional de<br />

accesibilidad, teniendo los requerimientos de color y diseño según la sección 1104.29.7 y escrito<br />

“PARQUEO PERMITIDO SOLO PARA DISCAPACITADOS” Tal señal debe indicar la penalidad para el<br />

uso ilegal del espacio de parqueo. Espacios accesibles ubicados dentro de la estructura del<br />

parqueo tienen que tener una señal adicional “Espacio Accesible” puestos abajo del símbolo de<br />

accesibilidad. Tales signos deben estar localizados para que no sean escondidos ni obstaculizados<br />

por vehículos altos o por un vehículo estacionado en ese espacio.<br />

e) Entrada Vertical Libre: En Centros Comerciales o espacios de parqueo público cuando estos son<br />

subterráneos o edificios de varios pisos diseñados especialmente para el efecto, debe existir una<br />

altura mínima despejada de 2,90 m (espacio vertical) para que el pasajero pueda tener una<br />

facilidad de acceso o descenso del vehículo, y deben estar marcadas claramente los sitios de<br />

entrada y salida de los mismos.<br />

f) Playa de estacionamiento: Según los espacios requeridos en nuestro medio existen 3 formas de<br />

acceder a los vehículos parqueados en áreas abiertas:<br />

a. Individuo en silla de ruedas (3,30m x 5,00m)<br />

b. Individuos con bastón (2.90m x 5,00m)<br />

c. Y personas sin discapacidad física (2.30m x 5,00m)<br />

En estos parqueos pudieran venir personas con problemas auditivos o personas no videntes, sin<br />

embargo las medidas de parqueos son iguales a las medidas de parqueo de las personas sin<br />

discapacidad física. Los parqueos para discapacitados deberán obligatoriamente estar prohibidos<br />

para el uso de personas sin discapacidades físicas, para lo cual se deberá pintar en el piso del<br />

mismo, el logotipo que lo identifica (Ver figura 31 y 32).<br />

g) Zona de carga de pasajeros: <strong>La</strong>s zonas de carga y descarga de pasajeros deben proveer un<br />

camino de acceso de por lo menos 1,50m de ancho y 6,10m de largo junto y paralelo al espacio de<br />

vehículo que se eleva. Si hay bordillos entre la ruta de acceso y el espacio del vehículo que se<br />

eleva, entonces se debe colocar una rampa que cumpla con la sección 1104.7. Los espacios de<br />

vehículos parqueados y las rutas accesibles deben ser niveladas con la superficie de inclinación<br />

para que no exceda de 2% en todas las direcciones.<br />

Excepción: Los pasillos de acceso que no son requeridos. Los bordillos adyacentes a estos<br />

espacios deben tener una altura que no vaya a interferir con la abertura o el cierre de las puertas<br />

de un vehículo.<br />

4.9.3.12. Rampas en bordillos<br />

a) Ubicación: Estas rampas cumpliendo con 1104.7 deben ser provistas donde haya una ruta<br />

accesible que cruce con una curva. (Ver figuras 28, 30, 34, 57, 58, 74).<br />

Estas deben ser colocadas afuera del parqueo accesible y de pasillos de acceso.<br />

CEC-10 PARTE 11-441

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