El Proceso Penal de Justicia y Paz del Ministerio Público
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<strong>El</strong> proceso penal <strong>de</strong> justicia y paz <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la intervención <strong>de</strong>l <strong>Ministerio</strong> PúblicoSi bien se niega al juez la posibilidad <strong>de</strong> “disputar” el ejercicio <strong>de</strong> laacción penal a la Fiscalía, los <strong>de</strong>más intervinientes tienen la posibilidad<strong>de</strong> manifestar al ente investigador lo concerniente a los probablesencuadramientos típicos <strong>de</strong> los hechos jurídicamente relevantes consignadosen el escrito; al igual que el título o categoría <strong>de</strong> intervención <strong>de</strong>lpostulado en la conducta.Sin embargo, estas manifestaciones <strong>de</strong> los intervinientes en la audienciano implican per se el cambio <strong>de</strong> lo consignado en el escrito, simplementese consi<strong>de</strong>rarán un antece<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> lo que se <strong>de</strong>batirá en la etapa subsiguiente<strong>de</strong>l <strong>de</strong>nominado acto complejo, pues se reitera, el ejercicio <strong>de</strong>la acción penal y la función <strong>de</strong> acusación correspon<strong>de</strong> exclusivamentea la Fiscalía General <strong>de</strong> la Nación.En el auto fechado julio 31 <strong>de</strong> 2009, la Sala establece que en la audiencia<strong>de</strong> formulación <strong>de</strong> cargos se realiza una valoración jurídica que <strong>de</strong>besatisfacer “el presupuesto <strong>de</strong> tipicidad estricta <strong>de</strong> las conductas punibles”,concretando la imputación fáctica y las categorías <strong>de</strong> atribuciónsubjetivas, requerimientos necesarios para proce<strong>de</strong>r a la aceptación <strong>de</strong>los cargos por parte <strong>de</strong>l postulado.De lo contrario no podría estimarse que la aceptación es informada yvoluntaria, pues la falta <strong>de</strong> claridad o una fundamentación ambiguaatentarían contra esas dos condiciones necesarias para estimar que laaceptación <strong>de</strong> los cargos es legal, sólo lo será cuando se ro<strong>de</strong>e al postulado<strong>de</strong> las garantías establecidas legal y constitucionalmente.170<strong>El</strong> concepto <strong>de</strong> tipicidad estricta supone que se <strong>de</strong>ben establecer, en elescrito y en el acto <strong>de</strong> formulación, todas las circunstancias modalesque concurren en la comisión <strong>de</strong> la conducta, precisiones que se hacennecesarias en el momento <strong>de</strong> dosificar la pena a imponer. De igualmanera esas circunstancias sirven para a<strong>de</strong>cuar la conducta a las diferentescategorías que la normatividad internacional 106 establece, pues<strong>de</strong> otra forma la transicionalidad <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong>saparecería. En suma,las conductas <strong>de</strong>ben adscribirse al contexto <strong>de</strong>l conflicto armado que sepreten<strong>de</strong> superar.106Estatuto <strong>de</strong> Roma, que creó la Corte <strong>Penal</strong> Internacional.