El Proceso Penal de Justicia y Paz del Ministerio Público
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Discusiones actuales <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l procedimiento penal <strong>de</strong> la Ley 975 <strong>de</strong> 2005y el rol <strong>de</strong>l <strong>Ministerio</strong> Públicoalcance que los <strong>de</strong>rechos fundamentales tienen en nuestro or<strong>de</strong>namientojurídico, y que la <strong>de</strong>cisión no resulte contraria a normas constitucionales,incluido el bloque <strong>de</strong> constitucionalidad, y <strong>de</strong>más normas legales queimpregnan <strong>de</strong> legalidad y legitimidad a las <strong>de</strong>cisiones judiciales.Por lo tanto, el concepto <strong>de</strong> extradición <strong>de</strong>be tener en cuenta los tratadosinternaciones no sólo <strong>de</strong> extradición sino también los referentes alos <strong>de</strong>rechos y garantías fundamentales tanto <strong>de</strong> los extraditables como<strong>de</strong> los restantes asociados, entre ellos los <strong>de</strong> las víctimas: la efectivareparación <strong>de</strong>l daño sufrido, la obligación <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> buscar que seconozca la verdad <strong>de</strong> lo sucedido, y el acceso expedito a la justicia.Conceptuó adversamente a la entrega porque conce<strong>de</strong>r la extradicióngeneraría las siguientes consecuencias negativas: (i) implicaría un <strong>de</strong>sconocimiento<strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> las víctimas, (ii) conllevaría un traumatismo<strong>de</strong>l funcionamiento <strong>de</strong> la administración <strong>de</strong> justicia colombiana,y (iii) el <strong>de</strong>lito <strong>de</strong> narcotráfico por el cual es requerido es <strong>de</strong> menorentidad y gravedad que las conductas punibles imputadas en Colombia,que en su mayoría son <strong>de</strong>litos <strong>de</strong> lesa humanidad.En relación con el espíritu <strong>de</strong> la Ley 975, argumentó que por tratarse <strong>de</strong>un propósito nacional, la paz no <strong>de</strong>be tener obstáculos, <strong>de</strong> manera que<strong>de</strong>be existir equilibrio entre la justicia y ella, motivo por el cual se estructuróun proyecto que tuviera como ejes centrales la verdad, la justiciay la reparación, otorgando especial importancia a los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> lasvíctimas; propósitos obstaculizados con la extradición <strong>de</strong> los paramilitaressometidos al proceso <strong>de</strong> <strong>Justicia</strong> y <strong>Paz</strong>, pues han generado que en losprocesos se paralice el conocimiento <strong>de</strong> la verdad, ya que los postuladosno han podido seguir confesando los crímenes cometidos, quedando lasvíctimas sin saber la verdad y la sociedad sin garantía <strong>de</strong> no repetición.Adujo también, que a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> la relativa impunidad generada por laLey no se pue<strong>de</strong> permitir que se socave la verdad al impedir que lospostulados narren los crímenes cometidos y pidan perdón a las víctimas,como que las autorida<strong>de</strong>s ofrezcan garantías <strong>de</strong> no repetición y se reparea<strong>de</strong>cuadamente a las víctimas.219En cuanto a la obstrucción a la justicia colombiana, la Corte estimanecesario que las personas pedidas en extradición y que se <strong>de</strong>smovilizaron,