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V 34 N 82

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BOLIO-ORTIZ, H.J

vimos antes puede abarcar más de un municipio, en este caso

estudiamos el POETCY, de tal forma que podar entender el

rol que juega en el desarrollo sustentable del Estado de

Yucatán y en específico de la costa yucateca, se realizaron

algunas entrevistas con funcionarios públicos de los tres

niveles de gobierno, así como agentes sociales, de forma que

se pueda conocer el conocimiento en torno a dicha normativa,

y el apego que existe por parte de los agentes conforme a sus

criterios.

y de baja altura, que garanticen el libre tránsito de las

especies y que no fragmenten el ecosistema” (POETCY,

2007, criterios 11). El criterio 14 expone que: “queda

prohibida la construcción de infraestructura de cualquier

tipo, excepto la requerida y autorizada para fines de

preservación por los programas de manejo de la Reserva

(POETCY, 2007, criterio 14).

Para lograr entender lo anterior se cuestiona ¿qué aplicación,

vigilancia y cumplimiento tiene el POETCY por parte de las

autoridades al mando y de la sociedad? ¿Hay un debido

conocimiento del POETCY por parte de nuestras autoridades

ejecutivas? ¿Existe una correcta vigilancia del mismo?

En este sentido, primeramente, es fundamental definir el

POETCY, el cual conforme con el artículo 1 del decreto por

el que se expide lo define como “un instrumento de

planeación jurídica, basado en información técnica y

científica, que determina esquemas de regulación de la

ocupación territorial que maximice el consenso entre los

actores sociales y minimice el conflicto sobre el uso del

suelo. Establece una serie de disposiciones legales que

inducen al empleo de mecanismos de participación pública

innovadores, así como al uso de técnicas y procedimientos de

análisis geográfico, integración de información y evaluación

ambiental. Este proceso requiere del desarrollo de nuevas

capacidades de gestión y evaluación ambiental en los tres

órdenes de gobierno” (POETCY, 2007).

En el artículo 5 de manera imperativa se establece la

obligatoriedad de las dependencias y entidades en sus tres

niveles de gobierno, de observar los criterios y políticas

ambientales 2 estipuladas en el POETCY, además de la

implementación de acciones para su debido cumplimiento.

En el artículo 6 del POETCY se describen, los límites, tablas

y se asignan criterios de regulación ecológica por zonas y

municipios los cuales limitan en muchos casos actividades, y

prohíben en otras construcciones de obras.

Verbigracia los criterios 11, 14, 15 y 19 expresamente

señalan prohibiciones “queda prohibida la construcción de

bardas. Cuando se requiera delimitar los terrenos particulares

y los bienes nacionales que hubieren sido concesionados,

previa autorización de la autoridad competente, esta

delimitación será con seto vivo, albarrada, o alambre de púas,

Figura 1. Unidades de Gestión Ambiental

Fuente. (POETCY, 2007)

Por su parte el 15 señala: “No se autoriza la construcción de

infraestructura de ningún tipo, excepto la requerida para

actividades recreativas de pasadía, ecoturismo, campismo,

campamentos temporales de pesca, investigación, y

educación. La infraestructura para el desarrollo de estas

actividades se construirá con materiales biodegradables,

desmontables y fácilmente removibles y con estructuras

sencillas que sean compatibles con el entorno y sus valores

paisajísticos y faciliten la restauración por abandono de

proyectos. Esta infraestructura debe incluir servicios

sanitarios de tipo ecológico y sistemas de recolección y

transporte de residuos sólidos” (POETCY, 2007).

Finalmente, el criterio 19, habla de la prohibición de la

edificación de hoteles, condominios, villas, casas.

La nota de la Jornada Maya del jueves 1 de mayo

denominada Puerto Lindo de 2018, paraíso inmobiliario en

Chelem, señala: “El complejo estará integrado por más de

900 casas divididas en tres prototipos pensados para cubrir

las distintas necesidades del mercado, se trata de un proyecto

único en la zona, no hay otro; ni habrá otro igual debido a la

falta de terrenos” (Contreras, 2018).

En la misma nota se señala que el gerente comercial del

proyecto Manuel Briceño, refirió que “Puerto Lindo contará

con tres modelos de residencia: Aurora, Coral y Stella, con

tres, dos y una recámara respectivamente. El complejo

2 El artículo 6 del POETCY establece las siguientes políticas ambientales:

“Conservación con tres niveles jerárquicos:

C1 Preservación. Esta política se aplica únicamente a las UGAs localizadas

en zonas núcleo de las áreas naturales protegidas.

C2 Conservación. Esta política está orientada principalmente a la

conservación, las actividades que aquí se pueden desarrollar son mínimas.

C3 Conservación con aprovechamiento de muy baja intensidad. Es posible

desarrollar un mayor número de actividades, esta política no aplica para la

sabana dada su fragilidad y su alto valor ecológico.

Aprovechamiento en dos niveles jerárquicos

AP1 Aprovechamiento sustentable de baja intensidad. No permite ciertas

actividades por la fragilidad del medio: esta política únicamente aplica a Isla

de barrera, Lagunas y Selva.

AP2 Aprovechamiento sustentable de intensidad media. Esta política

permite todo tipo de actividades siempre y cuando sean sustentables en

términos de intensidad y sistemas tecnológicos empleados.

Restauración: R

Esta política identificada con la letra R es de carácter indicativo ya que su

aplicación depende de la concurrencia de esfuerzos para realizarla. Se aplica

tanto a UGAs de conservación como de aprovechamiento.

Las UGAS que no competen a este ordenamiento se identifican como URB

urbanas y PORT portuarias” (POETCY, 2007).

20 REVISTA DEL CENTRO DE GRADUADOS E INVESTIGACIÓN. INSTITUTO TECNOLÓGICO MÉRIDA Vol. 35 NÚM. 82

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