publicación - CCOO
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JORGE ARAGÓN<br />
mación profesional o continua, la solución extrajudicial de conflictos laborales o la salud<br />
laboral. La autonomía sindical tenía como base su unidad de acción.<br />
La adopción por el gobierno del PSOE de medidas para una nueva reforma del mercado<br />
de trabajo, mediante la modificación del Estatuto de los Trabajadores en 1994, dirigida<br />
a reducir el papel regulador de las normas laborales en favor de los acuerdos adoptados<br />
en la negociación colectiva, junto a otras medidas relacionadas con el empleo juvenil y con<br />
el coste de los despidos, fueron el motivo desencadenante de una huelga general en 1994,<br />
con la paradoja de que la explicación gubernamental buscaba fortalecer el papel de los<br />
agentes sociales aun sin contar con su acuerdo, en una etapa de intenso cuestionamiento<br />
de las acciones del gobierno en relación al problema del terrorismo de ETA y de significativa<br />
descomposición interna del partido en el gobierno.<br />
La victoria del Partido Popular en las elecciones generales de 1996 marcó una nueva<br />
etapa en la evolución del diálogo social. A pesar de las expectativas de una confrontación<br />
directa con sus medidas de política económica y especialmente las referidas al ámbito laboral,<br />
éste respetó -no sin reticencias- la autonomía del diálogo y la negociación entre los<br />
agentes sociales.<br />
Los acuerdos tripartitos sobre salud laboral y sobre el sistema de Seguridad Social en<br />
1996 desarrollando el Pacto de Toledo- en este último caso sin la firma de la CEOE- abrieron<br />
un nueva etapa en la negociación, en la que cobraba un creciente protagonismo la autonomía<br />
de los agentes sociales tanto en la decisión sobre los temas a debatir como en la forma<br />
de llevar a cabo la concertación. Una etapa que tuvo como expresión más directa la firma<br />
de los Acuerdos Interconfederales de 1997 entre la CEOE, CC.OO. y UGT, abordó tres<br />
temas de especial relevancia para las relaciones laborales: el fomento de la estabilidad del<br />
empleo, la cobertura de vacíos dejados por la supresión de las Ordenanzas Laborales y la<br />
articulación de la negociación colectiva. Posteriormente se firmaron otros acuerdos de<br />
diferente naturaleza como el referido a la regulación de los contratos a tiempo parcial, en<br />
este caso sin el acuerdo de la patronal.<br />
El escenario de la concertación se centraba así en aspectos esenciales en las relaciones<br />
laborales, como la actuación contra el empleo precario, e incorporaba como pieza central<br />
el debate sobre la negociación colectiva; ámbito natural de encuentro entre organizaciones<br />
sindicales y empresariales, que históricamente había quedado en un segundo<br />
plano.<br />
La trascendencia de esta nueva etapa es evidente si se tiene en cuenta el protagonismo<br />
que asume la propia actuación de los agentes sociales, no delegada como en etapas anteriores<br />
en los poderes políticos, así como en los retos que implica llevar a cabo modificacio-<br />
GACETA164 SINDICAL