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publicación - CCOO

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ACTUALIDAD<br />

Por otro lado, la especial situación política en el País Vasco marcada por la violencia ha<br />

impedido avanzar en la incorporación de los territorios forales a la política de solidaridad<br />

del territorio del Estado español. No obstante, sin menospreciar el hecho de que esto pueda<br />

ser mal utilizado por las fuerzas nacionalistas, sería conveniente en un momento dado decidir<br />

la participación de las comunidades forales en las aportaciones dirigidas a las políticas<br />

redistributivas del conjunto del Estado español.<br />

Dentro del debate de la financiación autonómica aparece también en algunas ocasiones<br />

el término balanza fiscal. Para algunas personas y organismos, un número determinado<br />

de territorios realiza una aportación mediante tributos superior a los bienes y servicios recibidos.<br />

Este argumento es muy frágil. Los recursos utilizados por las haciendas autonómicas<br />

para prestar de forma adecuada los bienes y servicios vendrá dado por el reparto entre<br />

las mismas del volumen total decidido (capitativo o corregido para alcanzar el nivel de servicios).<br />

Una cantidad final basada en la equidad a partir de un esfuerzo fiscal similar de cada<br />

ciudadano y no por la fortaleza de su capacidad fiscal agregada, que en la lógica de un sistema<br />

tributario con figuras progresivas permite recaudar más a los territorios más ricos<br />

frente a los menos favorecidos.<br />

La reflexión anterior hace suponer que el uso de término balanza fiscal tan sólo esconde<br />

una justificación para lograr una financiación superior a la posible, en dirección contraria<br />

al cumplimiento del principio de equidad.<br />

Un escenario de descentralización de algunas de las figuras tributarias puede asustar a<br />

los territorios menos desarrollados, al asociarla con una discriminación en su contra creada<br />

al favorecer a los territorios con superior capacidad fiscal. Este temor sería cierto si las decisiones<br />

adoptadas se limitaran a un traspaso de iguales competencias en el terreno tributario<br />

sin incorporar medidas equilibradoras. La desigual distribución de las capacidades fiscales<br />

y necesidades de gasto entre Comunidades pondría al descubierto que a igualdad de<br />

esfuerzo fiscal por parte de los individuos las jurisdicciones prestarían diferentes niveles de<br />

bienes y servicios. Aparecería un problema de falta de equidad territorial. Para solventarlo,<br />

dado un modelo de cesión de tributos de aplicación general, el Estado debe complementar<br />

(nivelar) los recursos de aquellas comunidades en las que como consecuencia de su<br />

menor capacidad fiscal sus ingresos propios obtenidos sean inferiores al coste asignado para<br />

la aplicación de sus competencias. Las transferencias de nivelación son el componente<br />

redistributivo territorial en el ámbito de los bienes y servicios bajo competencia autonómica.<br />

La suma de impuestos compartidos y transferencias de nivelación aúnan la autonomía<br />

financiera con la solidaridad.<br />

Siendo cierto que el grado de autonomía financiera es mayor a medida que aumenta el<br />

COYUNTURA<br />

GACETA255 SINDICAL

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