07.05.2013 Views

publicación - CCOO

publicación - CCOO

publicación - CCOO

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

lizan como criterio el de la antigüedad, que perjudica notablemente a las mujeres en tanto<br />

su incorporación al mercado laboral se ha realizado en los últimos años como se ha puesto<br />

de manifiesto.<br />

La menor disponibilidad de las mujeres embarazadas o con responsabilidades familiares,<br />

unida a la carencia de garantías previas sobre la existencia de causas justificadas, convierte<br />

a la movilidad geográfica en un instrumento apropiado de actuaciones discriminatorias.<br />

Aunque la negociación colectiva constituye un medio adecuado para establecer procedimientos<br />

de tutela antidiscriminatoria en estas situaciones, son escasos los convenios<br />

colectivos que lo hacen y menos aún los que limitan el poder empresarial por razones familiares.<br />

Acoso sexual en el trabajo<br />

Es de señalar que a pesar de que en el análisis convencional realizado se deduce una<br />

mejora respecto de la situación constatada hace algún tiempo, la atención que la negociación<br />

colectiva dedica al tema sigue siendo francamente insuficiente.<br />

De los convenios nacionales analizados, sólo once contienen alguna referencia al acoso<br />

sexual en el trabajo, aunque una parte significativa de ellos ha mejorado la calidad técnica<br />

de su regulación. Sorprendentemente, es en el nivel provincial donde hemos encontrado<br />

las mejores y mas completas definiciones de este tipo de actuación, que, en algunos casos,<br />

más bien se podrían calificar de «Declaraciones de Principios» –a las que hace referencia el<br />

Código de Conducta Comunitario de 1991 sobre medidas para combatir el acoso sexual<br />

en el trabajo–. Es de resaltar la constatación de una indudable mejora de la situación convencional<br />

en este tema.<br />

Conclusiones<br />

«DERECHOS SOCIALES, LABORALES Y SINDICALES, Y POLÍTICA DE GÉNERO»<br />

A pesar de los compromisos formalmente contraídos y de los ingentes esfuerzos realizados<br />

para dotar de la importancia que merece tanto por razones cualitativas (se trata de un<br />

derecho fundamental) como cuantitativas (afecta a la mitad de la población y al 33% de la<br />

afiliación), el derecho a la igualdad y la prohibición de discriminación por razón de género<br />

sigue sin impregnar de forma suficiente la política sindical. No se puede negar la existencia<br />

de una evolución favorable de las políticas de género tanto hacia el interior del sindi-<br />

GACETA95 SINDICAL

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!