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P.O.T. DE CALI - idesc

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13"POR MEDIO <strong>DE</strong>L CUAL SE ADOPTA EL PLAN <strong>DE</strong>OR<strong>DE</strong>NAMIENTO TERRITORIAL <strong>DE</strong>L MUNICIPIO <strong>DE</strong> SANTIAGO<strong>DE</strong> <strong>CALI</strong>"3. Crear una efectiva red articulada espacialmente equilibrada y jerarquizada de espaciospúblicos efectivamente accesibles a las diferentes escalas en que se desenvuelve la vidaurbana: barrial, comunal, urbana y urbano - regional.4. Dar prioridad en las actuaciones de parcelación y urbanización a la creación de espaciopúblico de escala barrial o comunal, subordinando normas de desarrollo y planesparciales a la localización y respeto de las respectivas cesiones obligatorias; yadaptando el alcance de las actuaciones de urbanización y/o edificación en tratamientosde conservación y renovación a la calidad del espacio público disponible o resultante.ARTICULO 18: Componentes.1. Complementación y construcción nueva de espacio público de escala urbano - regional2. Reapropiación de determinantes ambientales para integrarlos orgánicamente al espaciopúblico.3. Jerarquización y dotación equilibrada de espacio público a las diferentes escalas de laciudad.4. Generación prioritaria y reguladora del espacio público creado en las actuacionesurbanísticas5. Diferenciación del espacio público perteneciente al sistema vial de los componenteslineales de carácter predominantemente peatonal, contemplativo y/o paisajístico.PARAGRAFO 1: Se entenderá por espacio público lineal de carácter predominantementepeatonal, contemplativo o paisajístico, los componentes como Alamedas, Paseos,Bulevares, Vías Parques y otros recorridos clasificados como tales en el inventario deespacios públicos, cuyo acceso vehicular es limitado, restringido o controlado; y que auncuando dispongan de espacio vial no se integran al sistema de vías vehiculares en cualquierescala, ni su finalidad principal es servir de infraestructura para la conectividad a través deltránsito de vehículos. Y su diferenciación consistirá en que no podrán ser afectados a lamalla vial principal o secundaria por decisión de las autoridades viales, de tránsito ytransporte.PARAGRAFO 2: Los objetivos y componentes de la política se especificarán en un PlanEspecial del Espacio Público, que elaborará la Administración Municipal y contendrá losprogramas, proyectos, actuaciones e inversiones que lo concretarán a mediano y largoplazo, el cual será expedido por Acuerdo en un plazo no menor de un año a partir de lavigencia del presente Acuerdo, y en concordancia con lo establecido en el presenteAcuerdo.ARTICULO 19: Política de Competitividad Territorial y Fomento Turístico.Objetivo. Mejorar y potenciar la productividad del territorio, buscando:- Un aprovechamiento más eficiente de la ciudad construida, propiciando intervencionesde consolidación y renovación que mejoren su calidad y propicien la implantación deactividades de alta jerarquía.

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