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P.O.T. DE CALI - idesc

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70"POR MEDIO <strong>DE</strong>L CUAL SE ADOPTA EL PLAN <strong>DE</strong>OR<strong>DE</strong>NAMIENTO TERRITORIAL <strong>DE</strong>L MUNICIPIO <strong>DE</strong> SANTIAGO<strong>DE</strong> <strong>CALI</strong>"En el largo plazoHospital de II nivel en el norte de la ciudad.Centro de convenciones en el centro de la ciudad.Centro de Ciencia y TecnologíaParque de la Base Aérea Marco Fidel Suárez del centro oriente.Museo del Arte Contemporáneo en el Area de Expansión al sur.Proyecto Recreativo - Turístico del Río Cauca al oriente.Planetario y Museo de los Niños en el Area de Expansión del surTeatro en el Area de Expansión del SurEscenario deportivo de alto rendimiento en el oriente de laciudadTeatro en el oriente de la ciudadPARAGRAFO 1: El equipamiento colectivo del nivel municipal y urbano - regionalcontemplado en el mediano y largo plazo será objeto de estudios técnicos que determinensu viabilidad y conveniencia para el municipio en los plazos establecidos.PARAGRAFO 2: La Administración Municipal promoverá y gestionará la reubicaciónestratégica de las antenas existentes en la zona de ladera y propenderá por la instalación deuna nueva posibilidad que permita lograr la descontaminación visual.ARTICULO 160: Universidades. El municipio de Santiago de Cali en coordinación conlos sectores público y privado promoverá la creación y construcción de institucionesuniversitarias.ARTICULO 161: Complejo Carcelario Regional. El municipio de Santiago de Cali enconvenio con el Ministerio de Justicia y el INPEC, establecerán la conveniencia definanciar el diseño y la construcción de un Complejo Carcelario Regional, en el territoriomunicipal.CAPITULO VI<strong>DE</strong>L PATRIMONIO CULTURALARTICULO 162: Definición. En concordancia con la Ley de Cultura, el PatrimonioCultural de que trata el presente Plan de Ordenamiento Territorial es el conjunto de lugares,inmuebles, tangibles e intangibles, conocimientos, tradiciones y manifestaciones que o bienhacen parte de la Nación, de la región o de las localidades y que deben preservarse para lacomunidad por ser bienes de interés cultural.ARTICULO 163: Responsabilidades. El Patrimonio Cultural se rige por lasreglamentaciones estipuladas por el Ministerio de Cultura, los Centros filiales del Consejode Monumentos Nacionales y por la Administración Municipal quien los identificará,catalogará y normatizará, cuando sean de su competencia y ámbito territorial.

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