13.07.2015 Views

P.O.T. DE CALI - idesc

P.O.T. DE CALI - idesc

P.O.T. DE CALI - idesc

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

91"POR MEDIO <strong>DE</strong>L CUAL SE ADOPTA EL PLAN <strong>DE</strong>OR<strong>DE</strong>NAMIENTO TERRITORIAL <strong>DE</strong>L MUNICIPIO <strong>DE</strong> SANTIAGO<strong>DE</strong> <strong>CALI</strong>"ARTICULO 196: Barrios San Antonio, San Cayetano y Sectores de Los Libertadoresy El Nacional. En este sector se aplican los usos del Area de Actividad Residencial Neta.Se pueden discriminar de la siguiente manera:- Uso Residencial o Habitacional: Se considera el uso principal y predominante y por lotanto debe conservarse.- Uso Comercial: Se permite comercio al detal ordinario y de tipo artesanal, droguerías,papelerías, tiendas de abarrotes, panaderías, bizcocherías, fotografías, zapaterías,lavanderías, prendas de vestir y accesorios, heladerías, fruterías.- Uso de tipo Turístico - Cultural: Albergues y posadas (Hoteles y Apartahoteles debenrestringirse a pequeña capacidad), almacenes o tiendas de productos artesanales,restaurantes, cafeterías, salas de exposición, museos, teatros, bibliotecas, agencias deturismo. Entidades institucionales y educativas, centros de enseñanza no-formal,talleres y escuelas de capacitación artístico y/o tecnológico, jardines infantiles,guarderías infantiles y comunitarias, centros asistenciales de salud, asesoría familiar.- Uso para microempresas - famiempresas: Pequeñas industria artesanales omicroempresas familiares y domésticas.PARAGRAFO: La Administración Municipal expedirá reglamentación especial a travésde las fichas normativas para evitar que las actividades permitidas generen o intensifiquenimpacto en los barrios aquí considerados.ARTICULO 197: Usos No Permitidos. En concordancia con los artículos anteriores ycon el fin de prevenir la generación o intensificación de diversos impactos, entre ellos losde medianos o altos flujos vehiculares, estacionamientos, que puedan afectar lascondiciones del barrio, su ambiente, y/o la tranquilidad de sus moradores o visitantes, seprohiben los siguientes usos:1. Casinos, garitos, discotecas, bares, tabernas, salones de baile, grilles.2. Establecimientos dedicados a juegos de diversión, mecánicos, o de azar.3. Cabaret coreográficos.4. Billares y juegos de tejo.5. Residencias, amoblados, moteles.6. Edificios de estacionamientos o parqueaderos públicos.7. Talleres de vehículos tales como carros y motocicletas.8. Saunas, baños turcos, similares.9. Servicios funerarios.10. Ferreterías, bodegas, venta de materiales de construcción.11. Microempresas metalmecánicas12. Laboratorios de productos químicos o farmacéuticos.13. Herrerías14. Tiendas de lubricantes

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!