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P.O.T. DE CALI - idesc

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8"POR MEDIO <strong>DE</strong>L CUAL SE ADOPTA EL PLAN <strong>DE</strong>OR<strong>DE</strong>NAMIENTO TERRITORIAL <strong>DE</strong>L MUNICIPIO <strong>DE</strong> SANTIAGO<strong>DE</strong> <strong>CALI</strong>"6. Seleccionar centralidades en la periferia urbana, localizadas en puntos de intercambiocon los flujos de transporte que relacionan a Cali con las cabeceras más próximas, paraque cumplan la doble función de satisfacer demandas de bienes y serviciosinterurbanos y de cobertura urbano-regional.7. Reforzar y mejorar la localización de funciones urbano-regionales en el centroexpandido, en áreas de actividad con alta accesibilidad y adecuadamente renovadas yequipadas.PARAGRAFO: El Municipio de Santiago de Cali desarrollará, como elemento sustancialpara la aplicación de las directrices subregionales de su Plan de Ordenamiento Territorial,el conjunto de Acuerdos Subregionales establecidos con nueve municipios de la subregiónel 28 de julio de 1999 como concreción de la "Carta de Intención de CooperaciónHorizontal" expedida previamente por todos los alcaldes de dichos municipios, y lasincorpora en el Anexo 7 que forma parte integral del presente Acuerdo.ARTICULO 9: Directrices Relacionadas con el Ambito Municipal (Urbano - Rural).El territorio municipal en su conjunto, está constituido por el componente rural y lacabecera urbana, las cuales deben ser manejadas como dos elementos interdependientes quese condicionan mutuamente, al mismo tiempo que se proporcionan recursos y servicios.Se asume que: El Parque Nacional Natural de los Farallones de Cali; el paisaje de ladera; lazona plana de óptimo aprovechamiento en agricultura y la llanura inundable del Río Caucajunto con sus humedales, son elementos que presentan aprovechamientos potenciales muydiferenciados en razón de sus características ambientales intrínsecas, las cuales condicionansus formas de incorporación al espacio público, a las actividades económicas y alasentamiento humano.En consecuencia, son determinantes fundamentales para el Plan de Ordenamiento que laexpansión urbana en dirección a las áreas rurales sólo puede darse en suelos aptos desde elpunto de vista de sus condiciones naturales y su capacidad portante; que la ciudad debeincorporar orgánicamente a sus elementos de espacio público y a su correspondientemanejo, como parte de su peculiar identidad territorial, la riqueza paisajística de los cerrosy laderas que la enmarcan y singularizan; y que el cuidadoso manejo de los bordes urbanosdebe garantizar la ordenada y paulatina transición hacia el espacio rural así como elmáximo respeto y preservación de aquellas porciones calificadas como suelos deprotección, áreas de reserva o áreas no urbanizables, sea por el propio municipio o por lasautoridades superiores del Sistema Nacional Ambiental. Son directrices relacionadas con elAmbito Municipal:1. Preservar el disfrute visual de los Cerros Tutelares y, en general, del paisaje de ladera.2. Integrar al sistema de espacio público las rondas de los siete ríos.3. Promover el aprovechamiento ecoturístico del Parque Nacional Natural los Farallonesde Cali y de la Zona de Protección del Río Cauca. Transformar esta última, a largoplazo en la pieza ambiental paisajística recreativa y ecoturística de la estructura futuradel territorio, incluidos sus asentamientos humanos, a fin de convertirla en elementoarticulador de lo urbano con lo rural y de lo municipal con lo subregional,aprovechándola funcionalmente como recurso y equipamiento de alcance urbano –regional, nacional e internacional.

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