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P.O.T. DE CALI - idesc

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133"POR MEDIO <strong>DE</strong>L CUAL SE ADOPTA EL PLAN <strong>DE</strong>OR<strong>DE</strong>NAMIENTO TERRITORIAL <strong>DE</strong>L MUNICIPIO <strong>DE</strong> SANTIAGO<strong>DE</strong> <strong>CALI</strong>"En los casos que lo ameriten, por su escala y la concentración de actividades que contienen,podrán ser clasificadas en la subclase de: Area Especial de Actividad de Centralidad,determinadas centralidades de tercer orden, lo cual implica que sus usos se regirán por lasnormas generales del área de actividad económica predominante y las especiales que lascobijan en particular.PARAGRAFO: La asignación del Area de Actividad de Centralidad a un centro de tercerorden, se formalizará mediante resolución motivada expedida por el Alcalde y respaldadaen los documentos técnicos de soporte que elaborará el Departamento Administrativo dePlaneación Municipal.ARTICULO 263: Normas Generales del Area de Actividad Económica Predominante.1. Las áreas determinadas como de actividad económica predominante se localizarán enforma concentrada, en disposición lineal o nucleada:a. En sectores claramente delimitados de los ejes de la malla vial arterial, para lo cualse requerirá que presenten o se creen condiciones de accesibilidad yestacionamiento que no interfieran con las del tráfico previsto para la vía.Las fichas y el correspondiente polígono normativo, delimitarán el área conprecisión y establecerán los tipos de actividad de comercio y servicios permitidos,atendiendo a la escala y el impacto de la actividad que pueden contener ydependiendo de la naturaleza de las áreas residenciales próximas, así como de lascondiciones especiales normativas donde se establezcan las condiciones generalesde acondicionamiento de la subzona. En este caso se definirán condiciones quegaranticen la aptitud de las edificaciones y de las áreas especiales conexas con laactividad como estacionamientos y plataformas para manejo y descargue demercancías, articulación con el espacio público, distancias y forma de transiciónhacia núcleos de actividades diferentes, etc.b. Las centralidades de segundo orden podrán integrar áreas nucleadas con ejes deactividad económica predominante en un corto trayecto, precisamente controlado ydelimitado. Las zonas de transición hacia las áreas de actividad residencial debenser reglamentadas como subáreas de manejo especial, en la ficha y el polígononormativo correspondiente al área de actividad residencial afectada.2. Los emplazamientos de grandes comercios por departamentos, de escalas urbanas ymetropolitanas, aproximadamente más de 2.000 M² y más de 6.000 M²respectivamente, se sujetará a estudios de implantación cuyas condiciones seránreglamentadas a partir de los contenidos de las fichas normativas. Esta condicióntambién será observada en el caso de grandes instalaciones de servicios institucionalesy de la administración pública orientados a la atención general del ciudadano.

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