13.07.2015 Views

P.O.T. DE CALI - idesc

P.O.T. DE CALI - idesc

P.O.T. DE CALI - idesc

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

164"POR MEDIO <strong>DE</strong>L CUAL SE ADOPTA EL PLAN <strong>DE</strong>OR<strong>DE</strong>NAMIENTO TERRITORIAL <strong>DE</strong>L MUNICIPIO <strong>DE</strong> SANTIAGO<strong>DE</strong> <strong>CALI</strong>"2. La Zona Especial de Tratamiento y las Zonas de Preservación delimitadas en elpresente Acuerdo se desarrollarán mediante unidades prediales, sin perjuicio depropuestas de intervención de iniciativa privada, pública o mixta, que incorporen partesde esas áreas, siempre y cuando se respeten las disposiciones estructurantes planteadaspara estas zonas en el presente Plan de Ordenamiento Territorial.ARTICULO 326: Delimitación de Zonas Homogéneas. Las Zonas Homogéneasnormativas sobre las que se definen las Zonas o los Polígonos de Tratamientos se delimitande la siguiente manera:1. Zonas o Polígonos con Tratamiento de Renovación por Redesarrollo: el áreacomprendida entre la Carrera 10ª y la Carrera 15 y entre la Calle 8ª y la Calle 14; elárea comprendida de la Carrera 10ª a la Carrera 16 y entre la Calle 16 y la Calle 22; yel área comprendida de la Carrera 10ª a la Carrera 8ª y entre la Calle 15 y la Calle 17.Igualmente se definen como Redesarrollo, las áreas comprendidas de la Calle 22 a laCalle 25, entre Carreras 13 A y 16; el área comprendida de la Calle 23 a la 25 entre laAvenida 2ª (Avenida Benjamín Herrera) y la Carrera 16; el área comprendida de laCalle 15 a la Calle 24 y entre la Carrera 1ª y la Avenida 2ª (Avenida BenjamínHerrera); el área comprendida entre la Carrera 13 A y la Carrera 11 A y de la Calle 22A a la Calle 222. Zonas o Polígonos con Tratamiento de Renovación por Rehabilitación: el áreacomprendida entre la Calle 15 y la Calle 17 y de la Carrera 2ª a la Carrera 8ª; el áreacomprendida entre la Carrera 1ª y la Carrera 10ª y de la Calle 17 a la Calle 23; el áreacomprendida entre la Carrera 13 A y la Carrera 11 B y de la Calle 22 a la Calle 22 A;el área comprendida entre la Carrera 10ª a la Carrera 11 B y de la Calle 22 a la Calle23; igualmente los cordones viales estructurantes definidos entre la Calle 14 y 15, de laCarrera 10ª a la Carrera 1ª; de la Carrera 10ª a la Carrera 16, entre las Calles 14 y 16; elárea comprendida entre las Carreras 9ª y 10ª y de las Calles 14 a la Calle 5ª; el áreacomprendida de la Calle 5ª a la Calle 8ª, y de la Carrera 10ª a la Carrera 14; el áreacomprendida de la Carrera 14 A a la Carrera 15 y de la Calle 7ª a la Calle 8ª.3. Zonas o Polígonos con Tratamiento de Preservación Urbanística, Ambiental,Arquitectónica, Artística y Cultural: de la Calle 8ª a la Calle 6ª, entre Carreras 9ª yCarrera 1ª; de la Calle 6ª a la Calle 5ª entre Carreras 1ª a la Carrera 6ª y los barrios SanAntonio, San Cayetano y Granada.4. Zona o Polígono como Zona Especial de Tratamiento: es aquella que por suscaracterísticas particulares, convergen diferentes modalidades de tratamientos. Sedefinen las áreas comprendidas entre: la Carrera 9ª y Carrera 1ª, y de la Calle 8ª a laCalle 14.PARAGRAFO: Los Recintos Urbanos de Interés Patrimonial y los inmueblespatrimoniales, conservarán las características urbanas y arquitectónicas y mantendrán lasalturas establecidas en el régimen de alturas vigente.Los predios de las manzanas comprendidas entre las Calles 13 y la Calle 12 y de la Carrera3ª a la 5ª mantendrán las características urbanas y arquitectónicas establecidas en lanormativa y en el régimen de alturas vigente.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!