Revista UNINPAHU No 10
Revista de investigación UNINPAHU No 10
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Patricia Márquez - Mauricio León<br />
Evaluación del cumplimiento de buenas prácticas de manufactura (BPM) en restaurantes familiares (Teusaquillo)<br />
145<br />
para implementar los estándares establecidos<br />
es bastante alto y, simplemente, basta con<br />
llenar el lugar con los distintos elementos<br />
necesarios para la producción y el servicio,<br />
cuando realmente la preparación de alimentos<br />
implica obligaciones que se pasan por alto en<br />
muchos casos.<br />
Para regular las actividades relacionadas<br />
con la alimentación, el Ministerio de Salud y<br />
Protección Social, emitió el Decreto 3075 del<br />
23 de diciembre de 1997- Buenas Prácticas<br />
de Manufactura (BPM)-, “las cuales son un<br />
conjunto de principios básicos cuyo objetivo<br />
es garantizar que los productos se fabriquen<br />
en condiciones sanitarias adecuadas, lo que<br />
disminuye riesgos de contaminación inherentes<br />
a la cadena productiva de los alimentos” (art<br />
2). Este mismo decreto en su artículo 1° define<br />
el ámbito de aplicación, que expresa:<br />
La salud es un bien de interés público.<br />
En consecuencia, las disposiciones<br />
contenidas en este decreto son de orden<br />
público, regulan todas las actividades que<br />
puedan generar factores de riesgo por el<br />
consumo de alimentos y se aplicarán:<br />
• A todas las fábricas y establecimientos<br />
donde se procesan los alimentos; los<br />
equipos y utensilios y el personal<br />
manipulador de alimentos.<br />
• A todas las actividades de fabricación,<br />
procesamiento, preparación, envase,<br />
almacenamiento, transporte, distribución<br />
y comercialización de alimentos en el<br />
territorio nacional.<br />
• A los alimentos y materias primas para<br />
alimentos que se fabriquen, envasen,<br />
expendan, exporten o importen, para el<br />
consumo humano.<br />
• A las actividades de vigilancia y control<br />
que ejerzan las autoridades sanitarias<br />
sobre la fabricación, procesamiento,<br />
preparación, envase, almacenamiento,<br />
transporte, distribución, importación,<br />
exportación y comercialización de<br />
alimentos, sobre los alimentos y materias<br />
primas para alimentos” (Ministerio de<br />
salud y Protección social, 1997).<br />
COTELCO (2007) menciona que “Las BPM<br />
comprenden actividades a instrumentar<br />
y vigilar sobre las instalaciones, equipos,<br />
utensilios, servicios, el proceso en todas<br />
y cada una de sus fases, control de fauna<br />
nociva, manejo de productos, manipulación<br />
de desechos, higiene personal y otros” (p. 5).<br />
Se trata, entonces, de asegurar la inocuidad<br />
mediante la higiene de los alimentos, sobre<br />
la cual el mencionado Decreto 3075 expresa<br />
que es: “el conjunto de medidas preventivas<br />
necesarias para garantizar la seguridad,<br />
limpieza y calidad de los alimentos en<br />
cualquier etapa de su manejo”. A su vez,<br />
la Resolución 2674 de 2013 emanada del<br />
Ministerio de Salud y Protección Social, se<br />
refiere a la inocuidad alimentaria como “la<br />
garantía de que los alimentos no causarán<br />
daño al consumidor cuando se preparen y<br />
consuman de acuerdo con el uso al que se<br />
destinan”( art 3).<br />
Como se sabe, los alimentos corren el riesgo<br />
de contaminación durante todo el proceso<br />
de producción, almacenamiento, consumo<br />
y pueden llegar a transmitir enfermedades,<br />
las cuales constituyen un problema<br />
importante de salud pública. “En los países<br />
industrializados como los Estados Unidos,<br />
se estima que cada año ocurren 76 millones<br />
de casos de enfermedades transmitidas por<br />
alimentos, 325.000 hospitalizaciones y 5.000<br />
muertes” (Organización de las Naciones<br />
Unidas, 2009). En el mismo sentido, se puede<br />
afirmar que en “En Colombia durante el año<br />
2007, se reportaron al sistema nacional de<br />
vigilancia en salud pública 5.563 casos de<br />
enfermedades transmitidas por alimentos<br />
y, de los únicos 5 brotes con seguimiento, 4<br />
ocurrieron en restaurantes y 1 en el hogar”<br />
(Flórez, Rincón, Garzón, Vargas y Enriquez,<br />
2008, p. 256).<br />
En este orden de ideas, los consumidores<br />
que hacen uso de los servicios ofrecidos en<br />
los restaurantes familiares se ven expuestos<br />
a constante riesgo; por ejemplo, a las<br />
enfermedades transmitidas por la ingestión<br />
de alimentos infectados con agentes<br />
contaminantes, en cantidades suficientes para<br />
afectar la salud del consumidor, conocidas<br />
como (E.T.A), que Mosquera y Castro (2012)<br />
definen de la siguiente manera: