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Capítulo 5.- Información y Formación a los trabajadores<br />

5. INFORMACIÓN Y FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES<br />

Legales:<br />

Requisitos<br />

• Información:<br />

El artículo 18 establece la obligatoriedad de informar a los trabajadores acerca de los riesgos,<br />

medidas preventivas y medidas de emergencia en sus respectivos puestos de trabajo.<br />

Los trabajadores deben recibir información acerca de las medidas preventivas en sus actividades y<br />

las medidas de emergencia mínimas que han de tener en cuenta, siempre en función estas<br />

últimas del Plan de Emergencia de la fábrica donde desarrollan sus trabajos.<br />

Asimismo, en otras disposiciones legales se establecen normas respecto a la información a los<br />

trabajadores:<br />

Ley de Prevención de Riesgos Laborales:<br />

- Artículo 21: existencia de un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo y de las<br />

medidas adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de protección a todos<br />

los trabajadores que estén o puedan estar expuestos a este tipo de riesgos.<br />

- Artículo 22: resultados de la vigilancia y control de su estado de salud.<br />

- Artículo 41: información que deben suministrar los fabricantes, importadores y<br />

suministradores de los productos y sustancias químicas relativa a la forma correcta de<br />

utilización por los trabajadores de la empresa usuaria final de dichos productos (para su<br />

traslado a dichos trabajadores), las medidas preventivas adicionales que deban tomarse y<br />

los riesgos laborales que conlleven tanto su uso normal, como su manipulación o empleo<br />

inadecuado (etiquetado y fichas de datos de seguridad de los productos en castellano<br />

establecidas en los Reales Decretos 363/1995 y 255/2003).<br />

R.D. 1316/1989 (artículos 5, 6 y 7): información sobre exposición al ruido a trabajadores en<br />

cuyos puestos de trabajo se superen los 80 dBA de nivel de exposición diario equivalente.<br />

R.D. 773/1997 (artículo 8): información de los riesgos contra los que les protegen los equipos<br />

de protección individual entregados por puesto de trabajo, así como de las actividades u<br />

ocasiones en las que deben utilizarse, e instrucciones sobre la forma correcta de utilizarlos y<br />

mantenerlos, poniendo a su disposición, el manual de instrucciones o la documentación<br />

informativa facilitados por el fabricante.<br />

R.D. 1215/1997 (artículo 5): información sobre las condiciones y forma correcta de utilización<br />

de los equipos de trabajo teniendo en cuenta las instrucciones del fabricante y las situaciones<br />

o formas de utilización anormales y peligrosas que puedan preverse.<br />

R.D. 374/2001 (artículo 9): información sobre los riesgos derivados de la presencia de<br />

agentes químicos peligrosos en el lugar de trabajo, así como sobre las medidas de prevención<br />

y protección a tener en cuenta.<br />

R.D. 485/1997 (artículo 5): información sobre las medidas que se hayan de tomar con<br />

respecto a la utilización de la señalización de seguridad y salud en el trabajo.<br />

Información y formación de los trabajadores Capítulo 5. Página 1 de 45

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