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Capítulo 5.- Información y Formación a los trabajadores<br />

sirvan para capacitar a un trabajador para desempeñar un puesto de trabajo con un<br />

grado suficiente de aptitud o habilidad.<br />

- Formación necesaria: es la formación imprescindible para desarrollar su puesto de<br />

trabajo y que se encuentra recogida en el perfil del puesto.<br />

- Formación complementaria: es la formación que no siendo necesaria para realizar su<br />

actividad, a juicio de los responsables, debe impartirse a su personal, a fin de ampliar<br />

sus conocimientos y potenciar sus posibles habilidades. Esta formación no se encuentra<br />

reflejada en el puesto de trabajo.<br />

5. Responsabilidades<br />

Dirección Técnica: aplicar el presente procedimiento con el fin de garantizar la<br />

capacitación adecuada y suficiente de cada trabajador para el desempeño de su<br />

respectivo puesto de trabajo, así como aprobar el Plan Anual de Formación emitido por<br />

Recursos Humanos.<br />

Coordinador de Prevención: identificar conjuntamente con Recursos Humanos y los<br />

responsables del Área las necesidades de formación en prevención de Riesgos<br />

Laborales, así como coordinar y programar los cursos y actividades necesarios para el<br />

seguimiento del Plan de Formación en Prevención de Riesgos Laborales con la<br />

colaboración de los Responsables de cada Área.<br />

Jefe de Recursos Humanos: mantener actualizados los registros que evidencien la<br />

formación realizada por los trabajadores, colaborar en la realización de la Planificación<br />

Anual de la Formación en base a las necesidades de formación detectadas, así como la<br />

gestión de la formación de los trabajadores de nuevo ingreso y de cambio de funciones<br />

en la empresa.<br />

Jefes de Sección y mandos intermedios: colaborar y participar en la impartición de las<br />

acciones formativas para el desempeño de los puestos de trabajo en lo que se refiere a<br />

la explicación de las Normas Generales y Específicas aplicables en los mismos, así como<br />

entregar la información de riesgos a sus trabajadores acusando recibo de la misma.<br />

Trabajadores: asistir a las acciones formativas que les corresponden para el desempeño<br />

de sus funciones.<br />

6. Descripción<br />

6.1. Información en Prevención de Riesgos Laborales<br />

El Coordinador de Prevención es el encargado de organizar, gestionar y poner en práctica<br />

las actividades que se planteen para mejorar la sensibilización e información en materia de<br />

Prevención de Riesgos Laborales de los Trabajadores.<br />

Las actividades de información consistirán en informar a los trabajadores acerca de:<br />

- Los riesgos en sus respectivos puestos de trabajo y centro de trabajo.<br />

- Las medidas preventivas y normas de seguridad aplicables respecto a dichos riesgos.<br />

Información y formación de los trabajadores Capítulo 5. Página 19 de 45

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