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Capítulo 5.- Información y Formación a los trabajadores<br />

- Recabar sugerencias o aportaciones de los trabajadores respecto a la mejora de la<br />

Seguridad y Salud en sus respectivos entornos de trabajo o en la gestión.<br />

6.2. Formación en Prevención de Riesgos Laborales<br />

6.2.1. Características de la formación<br />

El conocimiento de los riesgos es fundamental para que puedan evitarse. Mejorando la<br />

formación de los trabajadores se pueden eliminar múltiples accidentes, siendo éste uno de<br />

los aspectos más importantes contemplados en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales<br />

para prevenir los accidentes de trabajo.<br />

La formación deberá ser suficiente y adecuada a los riesgos a los que se exponen los<br />

trabajadores de HipoPAPEL según los resultados de la Evaluación de Riesgos, incluyendo<br />

contenidos prácticos cuando así se establezca en el Plan de Formación.<br />

La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo de cada<br />

trabajador de HipoPAPEL, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros<br />

nuevos, y repetirse periódicamente cuando así lo establezcan las necesidades formativas<br />

del puesto de trabajo o actividad.<br />

Se debe facilitar la formación suficiente en el momento de la contratación del personal de<br />

HipoPAPEL, si la Evaluación de Riesgos Laborales indica la necesidad de dicha formación.<br />

Dicha formación no puede aislarse del resto de la formación a impartir al trabajador.<br />

La formación por cada puesto de trabajo se estructurará en base a módulos formativos<br />

diferenciados, los cuales surgen de:<br />

- La naturaleza de las funciones y tareas a desempeñar.<br />

- Los requisitos de la Política de Seguridad y Salud y del Plan de Prevención de la<br />

empresa.<br />

- Las normas de seguridad a tener en cuenta en el puesto de trabajo.<br />

- La naturaleza y evaluación de los riesgos del puesto o puestos de trabajo ocupados o<br />

supervisados por el empleado.<br />

- Los requisitos de formación establecidos en la legislación vigente.<br />

En caso de que sean trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal, autónomos o<br />

pertenecientes a empresas contratadas o subcontratadas por HipoPAPEL para trabajar en<br />

su centro de trabajo, la formación es responsabilidad de la empresa a la que pertenecen<br />

tales trabajadores, si bien HipoPAPEL facilitará la documentación pertinente para que<br />

aquellos puedan cumplir sus obligaciones, según el “Procedimiento de Coordinación de<br />

Actividades Empresariales”.<br />

En caso de trabajadores de empresas externas, y si resultase necesario un especial<br />

adiestramiento en materia preventiva, HipoPAPEL podrá darles la formación, para lo que<br />

será imprescindible el previo acuerdo escrito entre HipoPAPEL y la empresa<br />

correspondiente.<br />

Información y formación de los trabajadores Capítulo 5. Página 22 de 45

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