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Capítulo 8.- Control Periódico de Factores Ambientales y Ergonómicos<br />

o Los agentes que disponen de valores límite ambientales según el documento “Límites<br />

de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España” del Instituto Nacional de<br />

Seguridad e Higiene en el Trabajo.<br />

o Las Fichas de Datos de Seguridad de los productos que se emplean en el proceso<br />

productivo como materias primas, productos finales o productos intermedios.<br />

• Elaboración de un programa de mediciones ambientales adecuado a la naturaleza de los riesgos<br />

y los requisitos establecidos por la normativa específica que resulte de aplicación y, en ausencia<br />

de ésta, a lo exigido por una buena práctica de Higiene Industrial, y que se vuelque sobre las<br />

Planificaciones de Actividades Preventivas que se efectúen cada año.<br />

El Coordinador de Prevención de la fábrica elaborará este Programa de Evaluaciones Ambientales<br />

Periódicas basado en los resultados de las evaluaciones ambientales anteriores en los que se<br />

indique para cada fábrica:<br />

−<br />

−<br />

−<br />

−<br />

Los factores ambientales a medir.<br />

El nivel de exposición actualizado a cada factor. Este nivel de exposición se obtendrá de las<br />

últimas mediciones efectuadas.<br />

La periodicidad con que, en base a dicho nivel de exposición, deben realizarse mediciones de<br />

ese factor.<br />

La fecha de la última medición realizada.<br />

− La fecha prevista para la próxima medición.<br />

Además de estas mediciones ordinarias se efectuarán evaluaciones extraordinarias antes del<br />

comienzo de los trabajos en nuevas actividades en las que se utilicen agentes químicos<br />

peligrosos.<br />

• Realización de controles ambientales con la periodicidad adecuada a la naturaleza de los<br />

contaminantes y su nivel de exposición: siempre que no esté fijado en normas específicas, se<br />

realizarán evaluaciones periódicas con una frecuencia proporcional al nivel de riesgo que el<br />

contaminante evaluado entrañe, a los niveles de concentración detectados en las mediciones<br />

realizadas y al tiempo de exposición del trabajador. Las tomas de muestras se sugiere que se<br />

efectúen según los métodos aceptados para la toma de muestra y análisis de agentes químicos<br />

recomendados por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.<br />

S<br />

Se recomienda establecer, previa información a los Delegados de Prevención, una periodicidad de<br />

revisión en función del nivel de riesgo, para lo que se sugiere tener en cuenta los criterios que<br />

establece la Guía Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la norma UNE<br />

689:<br />

1. Para la caracterización de la situación higiénica se sugiere realizar en primer lugar una Evaluación<br />

Inicial aplicando criterios técnicos que se ajusten a la situación a evaluar, teniendo en cuenta la<br />

variabilidad ambiental esperada y teniendo en cuenta si los valores límite ambientales están<br />

definidos como valor V.L.A.-E.D. (“Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en<br />

España”).<br />

La duración de los muestreos se aconseja que se ajuste al tiempo de definición del valor límite;<br />

así, para un V.L.A.-E.D., la duración de cada muestreo no debería ser inferior, como regla<br />

Control periódico de factores ambientales y ergonómicos Capítulo 8. Página 11 de 21

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