if08-09 - Asamblea Legislativa
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Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de Sedes Regionales 157<br />
y concretamente demandas en cuanto a pensiones<br />
del Régimen No Contributivo, limitantes de acceso a<br />
la educación como consecuencia de dilaciones en el<br />
otorgamiento de becas del Programa de Avancemos,<br />
deficiencia de los programas de vivienda de interés<br />
social y de titulación de tierra, y la percepción de altos<br />
costos en el acceso a la justicia.<br />
Es claro que la administración de los recursos públicos<br />
destinados a la población con mayores necesidades<br />
insatisfechas constituye el principal foco de preocupación<br />
para las y los habitantes de la zona “sur sur” de<br />
nuestro país.<br />
2.- Labor de defensa de derechos.-<br />
En cuanto a la labor de defensa de derechos realizada<br />
por esta Sede Regional, destacan como relevantes los<br />
siguientes temas:<br />
a.- “Necesito plata para estudiar”: deficiencias<br />
reiteradas en el otorgamiento de becas.-<br />
Una habitante, madre de una estudiante del Liceo<br />
de Ciudad Neily, inició desde noviembre de 2007 los<br />
trámites para que el Instituto Mixto de Ayuda Social<br />
(IMAS), le concediera el beneficio del Programa<br />
AVANCEMOS. Un año después, cuando solicita la intervención<br />
de la Defensoría, comunica que a pesar de<br />
reiteradas consultas, en la oficina de esa institución en<br />
Ciudad Neily nunca le brindaron información sobre el<br />
trámite de su solicitud y mucho menos sobre el resultado<br />
de la misma.<br />
Ante esta omisión, la Sede Regional del Sur solicitó a<br />
la Gerencia Regional Brunca del IMAS informar sobre<br />
las acciones realizadas y los resultados obtenidos.<br />
Como resultado, en diciembre de 2008 se aplicó a su<br />
hija la Ficha de Información Social (FIS) y en febrero<br />
de 20<strong>09</strong> se le comenzó a brindar el beneficio requerido.<br />
Como esta, se han tramitado múltiples denuncias<br />
sobre el proceder del IMAS y el programa Avancemos,<br />
especialmente respecto a la dilación en trámites como<br />
la visita domiciliar para la aplicación de la FIS, o el<br />
reiterado extravío de documentos en el IMAS y la consecuente<br />
obligación de presentarlos por segunda vez.<br />
Por su parte, ante la intervención de la Defensoría,<br />
la oficina regional del IMAS suele alegar escasez de<br />
personal para realizar los trámites de forma más expedita,<br />
así como una fuerte limitación de recursos para<br />
satisfacer todas las demandas que le son formuladas.<br />
Es importante reconocer que el IMAS trabaja directamente<br />
con los grupos organizados de las comunidades,<br />
con la finalidad de incorporar a la ciudadanía en<br />
la coordinación de los proyectos y programas, con la<br />
finalidad de que los recursos lleguen a quienes verdaderamente<br />
los necesitan.<br />
b.- Reiterada violación al derecho de petición<br />
y pronta respuesta en la Municipalidad de<br />
Golfito.-<br />
Tal como lo ha documentado la Defensoría en anteriores<br />
Informes Anuales, la violación del derecho a obtener<br />
pronta respuesta por parte de la Administración<br />
trae consigo la vulneración de otros derechos e intereses.<br />
Para el análisis que ocupa a este Informe, se<br />
desean destacar las respectivas omisiones en que<br />
sistemáticamente incurre la Municipalidad de Golfito y<br />
puntualmente el Alcalde.<br />
En efecto, además de las situaciones que motivan a las<br />
y los habitantes a invertir su tiempo en presentar una<br />
denuncia ante la Defensoría respecto a la actuación de<br />
dicha Municipalidad, el Alcalde de ese gobierno local<br />
ha sido renuente no sólo a rectificar sus actuaciones,<br />
sino a responder siquiera a las solicitudes de informe<br />
que le plantea esta institución. Por supuesto, dicha<br />
actitud limita el ejercicio de las labores de defensa de<br />
derechos que corresponde realizar a la Defensoría.<br />
Un caso que ilustra la omisión en comentario tiene<br />
que ver con la denuncia interpuesta por el padre de<br />
un joven con discapacidad que requirió la intervención<br />
de la Defensoría, en razón de que había solicitado a la<br />
Municipalidad de Golfito, en repetidas ocasiones y durante<br />
varios meses, la reparación de la vía pública que<br />
permite el acceso hacia su casa, gestión respecto a la<br />
cual nunca obtuvo la debida atención. El mal estado<br />
del camino ocasionó que el muchacho perdiera varias<br />
citas médicas así como la realización de pruebas académicas,<br />
dada su dificultad para movilizarse en la silla<br />
de ruedas.<br />
La Defensoría solicitó entonces al Alcalde de Golfito<br />
informar sobre la omisión de comentario, así como<br />
sobre la programación de acciones encaminadas a<br />
la atención de la queja. Sin embargo, una vez más el<br />
Alcalde omitió informar; y tampoco solventó la necesidad<br />
del habitante.<br />
Tras insistir telefónicamente, remitirle varias prevenciones,<br />
y con el fin de agotar las vías administrativas,<br />
la Sede Regional del Sur gestionó lo correspondiente<br />
para que la Defensora de los Habitantes citara al<br />
Alcalde a una comparecencia con el fin de que rindiera<br />
personalmente el informe requerido.