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if08-09 - Asamblea Legislativa

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Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de Sedes Regionales 157<br />

y concretamente demandas en cuanto a pensiones<br />

del Régimen No Contributivo, limitantes de acceso a<br />

la educación como consecuencia de dilaciones en el<br />

otorgamiento de becas del Programa de Avancemos,<br />

deficiencia de los programas de vivienda de interés<br />

social y de titulación de tierra, y la percepción de altos<br />

costos en el acceso a la justicia.<br />

Es claro que la administración de los recursos públicos<br />

destinados a la población con mayores necesidades<br />

insatisfechas constituye el principal foco de preocupación<br />

para las y los habitantes de la zona “sur sur” de<br />

nuestro país.<br />

2.- Labor de defensa de derechos.-<br />

En cuanto a la labor de defensa de derechos realizada<br />

por esta Sede Regional, destacan como relevantes los<br />

siguientes temas:<br />

a.- “Necesito plata para estudiar”: deficiencias<br />

reiteradas en el otorgamiento de becas.-<br />

Una habitante, madre de una estudiante del Liceo<br />

de Ciudad Neily, inició desde noviembre de 2007 los<br />

trámites para que el Instituto Mixto de Ayuda Social<br />

(IMAS), le concediera el beneficio del Programa<br />

AVANCEMOS. Un año después, cuando solicita la intervención<br />

de la Defensoría, comunica que a pesar de<br />

reiteradas consultas, en la oficina de esa institución en<br />

Ciudad Neily nunca le brindaron información sobre el<br />

trámite de su solicitud y mucho menos sobre el resultado<br />

de la misma.<br />

Ante esta omisión, la Sede Regional del Sur solicitó a<br />

la Gerencia Regional Brunca del IMAS informar sobre<br />

las acciones realizadas y los resultados obtenidos.<br />

Como resultado, en diciembre de 2008 se aplicó a su<br />

hija la Ficha de Información Social (FIS) y en febrero<br />

de 20<strong>09</strong> se le comenzó a brindar el beneficio requerido.<br />

Como esta, se han tramitado múltiples denuncias<br />

sobre el proceder del IMAS y el programa Avancemos,<br />

especialmente respecto a la dilación en trámites como<br />

la visita domiciliar para la aplicación de la FIS, o el<br />

reiterado extravío de documentos en el IMAS y la consecuente<br />

obligación de presentarlos por segunda vez.<br />

Por su parte, ante la intervención de la Defensoría,<br />

la oficina regional del IMAS suele alegar escasez de<br />

personal para realizar los trámites de forma más expedita,<br />

así como una fuerte limitación de recursos para<br />

satisfacer todas las demandas que le son formuladas.<br />

Es importante reconocer que el IMAS trabaja directamente<br />

con los grupos organizados de las comunidades,<br />

con la finalidad de incorporar a la ciudadanía en<br />

la coordinación de los proyectos y programas, con la<br />

finalidad de que los recursos lleguen a quienes verdaderamente<br />

los necesitan.<br />

b.- Reiterada violación al derecho de petición<br />

y pronta respuesta en la Municipalidad de<br />

Golfito.-<br />

Tal como lo ha documentado la Defensoría en anteriores<br />

Informes Anuales, la violación del derecho a obtener<br />

pronta respuesta por parte de la Administración<br />

trae consigo la vulneración de otros derechos e intereses.<br />

Para el análisis que ocupa a este Informe, se<br />

desean destacar las respectivas omisiones en que<br />

sistemáticamente incurre la Municipalidad de Golfito y<br />

puntualmente el Alcalde.<br />

En efecto, además de las situaciones que motivan a las<br />

y los habitantes a invertir su tiempo en presentar una<br />

denuncia ante la Defensoría respecto a la actuación de<br />

dicha Municipalidad, el Alcalde de ese gobierno local<br />

ha sido renuente no sólo a rectificar sus actuaciones,<br />

sino a responder siquiera a las solicitudes de informe<br />

que le plantea esta institución. Por supuesto, dicha<br />

actitud limita el ejercicio de las labores de defensa de<br />

derechos que corresponde realizar a la Defensoría.<br />

Un caso que ilustra la omisión en comentario tiene<br />

que ver con la denuncia interpuesta por el padre de<br />

un joven con discapacidad que requirió la intervención<br />

de la Defensoría, en razón de que había solicitado a la<br />

Municipalidad de Golfito, en repetidas ocasiones y durante<br />

varios meses, la reparación de la vía pública que<br />

permite el acceso hacia su casa, gestión respecto a la<br />

cual nunca obtuvo la debida atención. El mal estado<br />

del camino ocasionó que el muchacho perdiera varias<br />

citas médicas así como la realización de pruebas académicas,<br />

dada su dificultad para movilizarse en la silla<br />

de ruedas.<br />

La Defensoría solicitó entonces al Alcalde de Golfito<br />

informar sobre la omisión de comentario, así como<br />

sobre la programación de acciones encaminadas a<br />

la atención de la queja. Sin embargo, una vez más el<br />

Alcalde omitió informar; y tampoco solventó la necesidad<br />

del habitante.<br />

Tras insistir telefónicamente, remitirle varias prevenciones,<br />

y con el fin de agotar las vías administrativas,<br />

la Sede Regional del Sur gestionó lo correspondiente<br />

para que la Defensora de los Habitantes citara al<br />

Alcalde a una comparecencia con el fin de que rindiera<br />

personalmente el informe requerido.

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