if08-09 - Asamblea Legislativa
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Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de Niñez y Adolescencia 319<br />
3.<br />
4.<br />
5.<br />
6.<br />
e. Dentro de los errores reportados por los<br />
comités están:<br />
i. Estudiantes que desertaron siguen<br />
recibiendo el incentivo.<br />
ii. Estudiantes que reciben beca con un<br />
monto distinto al que le correspondería<br />
por el nivel en que se encuentra.<br />
iii. Nuevas solicitudes presentadas al inicio<br />
de año, aún están pendientes.<br />
iv. Duplicidad en las becas o subsidios.<br />
v. Estudiantes que no se hacen acreedores<br />
a becas pues, según sistema, reciben<br />
ayuda del IMAS, sin que la información<br />
sea correcta.<br />
f. No reciben información de las becas o<br />
subsidios que han sido aprobadas. Ante la<br />
consulta de los y las estudiantes, padres y<br />
madres, no saben qué responder.<br />
g. La información en cuanto a la aprobación del<br />
subsidio en algunos casos es incorrecta, se<br />
les indica que se hará efectivo el depósito y<br />
éste no se realiza.<br />
Se pide como requisito para otorgar el subsidio<br />
que los y las estudiantes estén matriculados,<br />
pero no reciben a tiempo el incentivo por lo<br />
que, después de vacaciones, se reportan más<br />
deserciones por situación económica.<br />
P o c o o n i n g ú n s e g u i m i e n t o d e e s t a s<br />
deserciones.<br />
Otorgamiento del subsidio en forma tardía, sin<br />
que sea retroactivo a la fecha de solicitud, por lo<br />
que las deudas adquiridas para sufragar gastos<br />
escolares ahogan a las familias.<br />
Denegación de becas y subsidios a adolescentes<br />
embarazadas por su condición y en general<br />
a niños, niñas y adolescentes extranjeros,<br />
aduciéndose que se encuentran en situación<br />
migratoria irregular, cuando es un hecho que esto<br />
atenta contra el derecho a la educación, al hacerse<br />
una discriminación odiosa. Contraviniéndose de<br />
esa forma lo señalado por las convenciones de<br />
Derechos Humanos suscritas por nuestro país y<br />
el Código de Niñez y Adolescencia.<br />
Mediante el oficio DM-SS-8834-2008 de fecha 22<br />
de setiembre de 2008, la Rectora del Sector Social<br />
y Lucha contra la Pobreza, informó que se estaba<br />
llevando a cabo un análisis legal con miras a llevar a<br />
cabo modificaciones normativas necesarias, así como<br />
el desarrollo de la estructura financiera para la centralización<br />
del programa en el IMAS. Informe que sería<br />
enviado posteriormente.<br />
Debido a que se tuvo conocimiento que mediante<br />
Decreto 34786-MP-S-MEP, publicado en la Gaceta<br />
Nº 196 del 10 de octubre de 2008, se le trasladó<br />
la administración de los recursos del programa<br />
AVANCEMOS al IMAS, se le solicitó al a la Dirección<br />
Ejecutiva de FONABE, informar del número de<br />
solicitudes del subsidio “AVANCEMOS”, que se<br />
encontraban pendientes de estudio y aprobación, así<br />
como del trámite que se les pretendía brindar a dichas<br />
solicitudes, en vista de que el artículo 10 del Decreto<br />
indica únicamente, que el FONABE le debe trasladar al<br />
IMAS en un plazo no mayor de quince días naturales,<br />
los registros documentales, magnéticos, informáticos<br />
o cualquier otro, sobre la base de datos que tenga,<br />
de las personas que hayan recibido o se encuentren<br />
percibiendo algún beneficio de dicho fondo con motivo<br />
del programa AVANCEMOS.<br />
Se externó la preocupación de que, como consecuencia<br />
del traslado del programa, pudiera generarse una<br />
mayor dilación en el estudio y aprobación de las<br />
solicitudes que estaban pendientes desde hacía varios<br />
meses y que fueron presentadas por los comités de<br />
becas. De este informe se recibió respuesta mediante<br />
el oficio DE_286-08 del 28 de octubre de 2008, en el<br />
que se informa que para el 21 de noviembre de 2008<br />
se realizaría el traslado oficial de toda la población<br />
beneficiaria del FONABE dentro del programa<br />
AVANCEMOS, al IMAS para que esta institución<br />
proceda a realizar los trámites pertinentes que permitan<br />
que los y las estudiantes reciban de esa entidad el<br />
pago de enero de 20<strong>09</strong>. Cabe destacar que pese a lo<br />
señalado, a la fecha la Defensoría de los Habitantes<br />
recibe quejas por la no tramitación de solicitudes que<br />
habían quedado pendientes desde que el Programa<br />
era administrado por FONABE, siendo preocupante,<br />
en muchos de esos casos, el retraso en su resolución,<br />
en el tanto se requiere iniciar nuevamente el proceso<br />
ante el IMAS.<br />
Luego de una revisión del Decreto Nº 34786-MP-<br />
S-MEP, mediante el cual se le trasladó al IMAS la<br />
administración de los recursos del programa, la<br />
Defensoría planteó una serie de inquietudes a la<br />
Ministra de Salud, Rectora Social, por medio del oficio<br />
0539-08-DH-DNA de fecha 06 de noviembre de 2008.<br />
En particular se cuestionó lo relacionado con:<br />
El objetivo general del Programa.<br />
Se logra evidenciar, que desde su implementación<br />
hasta la fecha, el programa “AVANCEMOS ha<br />
modificado sustancialmente el objetivo para el cual<br />
fue creado, principalmente en lo relativo a la población<br />
meta, situación que la Contraloría evidencia en<br />
su informe 6 . Es en este sentido, que surgen las<br />
interrogantes sobre la adaptación del Programa y<br />
6 Informe de la Contraloría General de la República DFOE-<br />
SOC-17-2008 del 8 de abril, 2008 citado.