31.12.2014 Views

if08-09 - Asamblea Legislativa

if08-09 - Asamblea Legislativa

if08-09 - Asamblea Legislativa

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de Niñez y Adolescencia 319<br />

3.<br />

4.<br />

5.<br />

6.<br />

e. Dentro de los errores reportados por los<br />

comités están:<br />

i. Estudiantes que desertaron siguen<br />

recibiendo el incentivo.<br />

ii. Estudiantes que reciben beca con un<br />

monto distinto al que le correspondería<br />

por el nivel en que se encuentra.<br />

iii. Nuevas solicitudes presentadas al inicio<br />

de año, aún están pendientes.<br />

iv. Duplicidad en las becas o subsidios.<br />

v. Estudiantes que no se hacen acreedores<br />

a becas pues, según sistema, reciben<br />

ayuda del IMAS, sin que la información<br />

sea correcta.<br />

f. No reciben información de las becas o<br />

subsidios que han sido aprobadas. Ante la<br />

consulta de los y las estudiantes, padres y<br />

madres, no saben qué responder.<br />

g. La información en cuanto a la aprobación del<br />

subsidio en algunos casos es incorrecta, se<br />

les indica que se hará efectivo el depósito y<br />

éste no se realiza.<br />

Se pide como requisito para otorgar el subsidio<br />

que los y las estudiantes estén matriculados,<br />

pero no reciben a tiempo el incentivo por lo<br />

que, después de vacaciones, se reportan más<br />

deserciones por situación económica.<br />

P o c o o n i n g ú n s e g u i m i e n t o d e e s t a s<br />

deserciones.<br />

Otorgamiento del subsidio en forma tardía, sin<br />

que sea retroactivo a la fecha de solicitud, por lo<br />

que las deudas adquiridas para sufragar gastos<br />

escolares ahogan a las familias.<br />

Denegación de becas y subsidios a adolescentes<br />

embarazadas por su condición y en general<br />

a niños, niñas y adolescentes extranjeros,<br />

aduciéndose que se encuentran en situación<br />

migratoria irregular, cuando es un hecho que esto<br />

atenta contra el derecho a la educación, al hacerse<br />

una discriminación odiosa. Contraviniéndose de<br />

esa forma lo señalado por las convenciones de<br />

Derechos Humanos suscritas por nuestro país y<br />

el Código de Niñez y Adolescencia.<br />

Mediante el oficio DM-SS-8834-2008 de fecha 22<br />

de setiembre de 2008, la Rectora del Sector Social<br />

y Lucha contra la Pobreza, informó que se estaba<br />

llevando a cabo un análisis legal con miras a llevar a<br />

cabo modificaciones normativas necesarias, así como<br />

el desarrollo de la estructura financiera para la centralización<br />

del programa en el IMAS. Informe que sería<br />

enviado posteriormente.<br />

Debido a que se tuvo conocimiento que mediante<br />

Decreto 34786-MP-S-MEP, publicado en la Gaceta<br />

Nº 196 del 10 de octubre de 2008, se le trasladó<br />

la administración de los recursos del programa<br />

AVANCEMOS al IMAS, se le solicitó al a la Dirección<br />

Ejecutiva de FONABE, informar del número de<br />

solicitudes del subsidio “AVANCEMOS”, que se<br />

encontraban pendientes de estudio y aprobación, así<br />

como del trámite que se les pretendía brindar a dichas<br />

solicitudes, en vista de que el artículo 10 del Decreto<br />

indica únicamente, que el FONABE le debe trasladar al<br />

IMAS en un plazo no mayor de quince días naturales,<br />

los registros documentales, magnéticos, informáticos<br />

o cualquier otro, sobre la base de datos que tenga,<br />

de las personas que hayan recibido o se encuentren<br />

percibiendo algún beneficio de dicho fondo con motivo<br />

del programa AVANCEMOS.<br />

Se externó la preocupación de que, como consecuencia<br />

del traslado del programa, pudiera generarse una<br />

mayor dilación en el estudio y aprobación de las<br />

solicitudes que estaban pendientes desde hacía varios<br />

meses y que fueron presentadas por los comités de<br />

becas. De este informe se recibió respuesta mediante<br />

el oficio DE_286-08 del 28 de octubre de 2008, en el<br />

que se informa que para el 21 de noviembre de 2008<br />

se realizaría el traslado oficial de toda la población<br />

beneficiaria del FONABE dentro del programa<br />

AVANCEMOS, al IMAS para que esta institución<br />

proceda a realizar los trámites pertinentes que permitan<br />

que los y las estudiantes reciban de esa entidad el<br />

pago de enero de 20<strong>09</strong>. Cabe destacar que pese a lo<br />

señalado, a la fecha la Defensoría de los Habitantes<br />

recibe quejas por la no tramitación de solicitudes que<br />

habían quedado pendientes desde que el Programa<br />

era administrado por FONABE, siendo preocupante,<br />

en muchos de esos casos, el retraso en su resolución,<br />

en el tanto se requiere iniciar nuevamente el proceso<br />

ante el IMAS.<br />

Luego de una revisión del Decreto Nº 34786-MP-<br />

S-MEP, mediante el cual se le trasladó al IMAS la<br />

administración de los recursos del programa, la<br />

Defensoría planteó una serie de inquietudes a la<br />

Ministra de Salud, Rectora Social, por medio del oficio<br />

0539-08-DH-DNA de fecha 06 de noviembre de 2008.<br />

En particular se cuestionó lo relacionado con:<br />

El objetivo general del Programa.<br />

Se logra evidenciar, que desde su implementación<br />

hasta la fecha, el programa “AVANCEMOS ha<br />

modificado sustancialmente el objetivo para el cual<br />

fue creado, principalmente en lo relativo a la población<br />

meta, situación que la Contraloría evidencia en<br />

su informe 6 . Es en este sentido, que surgen las<br />

interrogantes sobre la adaptación del Programa y<br />

6 Informe de la Contraloría General de la República DFOE-<br />

SOC-17-2008 del 8 de abril, 2008 citado.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!