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if08-09 - Asamblea Legislativa

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Desarrollo Humano y Seguridad<br />

Humana dos conceptos<br />

de la mano hacia un fin común:<br />

la persona humana<br />

I.<br />

“Los Derechos Humanos constituyen el núcleo<br />

de protección y habilitación de las personas, y la<br />

seguridad humana, una noción central para promover<br />

su observancia. La seguridad humana concretiza los<br />

derechos humanos de diferentes generaciones, desde<br />

la perspectiva de interdependencia e invisibilidad<br />

consagrada en la Conferencia Mundial de Viena,<br />

incorporando una racionalidad moderna del tema.”<br />

Fuente: www.flacso.cl/flacso/biblos.php<br />

(consultado el 18 de mayo de 20<strong>09</strong>, a las 14 hrs.).<br />

Introducción<br />

El 4 de diciembre de 1986, la <strong>Asamblea</strong> General de<br />

Naciones Unidas adoptó la Declaración sobre el derecho<br />

al desarrollo, en virtud del cual todas las personas<br />

pueden participar de un desarrollo global que involucra<br />

lo económico, lo social, lo cultural y lo político; el cual<br />

tiende al mejoramiento del bienestar de toda la población<br />

y de todos los individuos sobre la base de su<br />

participación activa, libre y significativa en el mismo y<br />

en la distribución justa de los beneficios que de él se<br />

derivan. 1<br />

De acuerdo con las aspiraciones y disposiciones de<br />

dicha Declaración, toda persona tiene derecho a un<br />

orden social en el que se puedan realizar plenamente<br />

1 <strong>Asamblea</strong> General de Naciones Unidas. Declaración<br />

sobre el derecho al desarrollo, adoptada por medio de resolución n.°<br />

41/128 de 4 de diciembre de 1986, artículos 1 y 2.<br />

los derechos y las libertades, constituyéndose la persona<br />

humana en el sujeto central del proceso de desarrollo.<br />

En consecuencia, toda política de desarrollo<br />

debe considerar al ser humano como su participante<br />

y beneficiario principal, de modo que la creación de<br />

condiciones favorables al desarrollo de los pueblos y<br />

las personas es el deber primordial de los respectivos<br />

Estados. 2<br />

Así las cosas, el desarrollo se conceptualiza más allá<br />

de cuestiones de índole económica, pues se refiere<br />

también a la igualdad de oportunidades en relación<br />

con los recursos básicos, la educación, los servicios<br />

de salud, los alimentos, la vivienda, el empleo y la<br />

justa distribución de los ingresos. Se trata de un concepto<br />

multidimensional en el que las mujeres deben<br />

participar activamente, todo en orden a erradicar las<br />

injusticias sociales y en un marco de respeto al medio<br />

ambiente.<br />

La seguridad humana, por su parte, al igual que el<br />

desarrollo humano, contempla varias dimensiones<br />

interdependientes: comprende la dimensión de la salud<br />

(el necesario acceso a los servicios de salud) y con<br />

ésta la seguridad social, la educación (como requisito<br />

indispensable para el pleno disfrute de los Derechos<br />

Humanos y para asumir las responsabilidades<br />

que de ellos se derivan), la seguridad económica<br />

(es decir, la disponibilidad de un ingreso básico<br />

para vivir con dignidad), la seguridad personal<br />

(entendida como la ausencia de violencia física y de<br />

amenazas en ese sentido), la seguridad ambiental (la<br />

posibilidad de verse libre de amenazas ambientales,<br />

la disponibilidad de agua potable, el aire puro, v.gr.),<br />

la seguridad comunitaria y cultural (es la seguridad<br />

que le proporciona a las personas pertenecer a un<br />

2 Ibíd.

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