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if08-09 - Asamblea Legislativa

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Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de Calidad de Vida 235<br />

El 17 de junio de 1992, los Estados Unidos promulgó la<br />

Ley denominada “Moratoria global para prohibir ciertas<br />

prácticas en la pesca del atún, (Ley Studds)”. Esta ley<br />

afecta el atún proveniente de los países pescadores<br />

como de los que lo obtienen de dichos países, como<br />

Costa Rica y pretende la protección del delfín en las<br />

labores de pesca del atún.<br />

A nivel comercial, los países a través del marco del<br />

GATT, promovieron medidas para que Estados Unidos<br />

de Norteamérica cesara en las restricciones impuestas,<br />

las cuales consideró Costa Rica oportunamente<br />

no procedían en países como el nuestro, que ha tomado<br />

acciones en su legislación interna sobre el tema.<br />

Costa Rica argumentó que “cualquier solución de<br />

problemas ambientales que exceda las competencias<br />

internas sólo pueden ser adoptadas en el marco de la<br />

cooperación intergubernamental y no mediante acciones<br />

unilaterales de los países”. Es así como en el marco<br />

de lograr que Estados Unidos levantara el embargo<br />

decretado, se suscribieron una serie de convenios y<br />

compromisos internacionales en pro de la pesca del<br />

atún libre de delfín, tal y como se referirá.<br />

En el caso costarricense, el país posee una riqueza<br />

atunera importante que se estima en el 20 % de la<br />

totalidad del recurso en el océano pacífico oriental.<br />

Pese a ello, Costa Rica no posee flota atunera, por<br />

lo que concede licencias a buques extranjeros para<br />

la pesca de este recurso. Lo que se ha desarrollado<br />

en el país, es una industria importante de enlatado de<br />

atún, mismo que es comprado a los concesionarios y<br />

luego vendido a terceros países, entre ellos, Estados<br />

Unidos.<br />

Tomando como punto de partida lo anteriormente<br />

expuesto, así como diferentes denuncias tanto individuales<br />

como de grupos ambientalistas, la Defensoría<br />

de los Habitantes inició una investigación de oficio 36<br />

sobre la matanza de delfines por malas prácticas en<br />

la pesca del atún y su relación con varios entes gubernamentales,<br />

en especial, INCOPESCA. Luego de<br />

recibidos los informes solicitados por la Defensoría de<br />

los Habitantes, se realizó una investigación sobre la<br />

actividad de pesca de atún en general.<br />

Como punto inicial, es preciso señalar que Costa<br />

Rica es miembro de la Comisión Interamericana del<br />

Atún Tropical (CIAT), cuya función, entre otras, es<br />

regular la pesca de cerco y sobre plantados del atún<br />

aleta amarilla y patudo respectivamente en el Océano<br />

Pacífico Oriental (OPO). Esa Comisión viene trabajando,<br />

desde hace más de 25 años, en un programa<br />

científico que incluye la presencia de observadores a<br />

36 Expediente número 15157-2008-SI<br />

bordo, con el fin de disminuir la mortalidad de delfines<br />

en la pesca del atún.<br />

Tanto la CIAT, como institutos científicos, afirman que<br />

la única manera de lograr la sostenibilidad del recurso<br />

atunero es lograr un nivel sostenido de capturas de<br />

atún en asocio a delfines. Esto por cuanto el atún maduro<br />

se asocia con los delfines, mientras que la pesca<br />

de atún sin delfines –atún joven-, pone en grave riesgo<br />

la conservación de otras especies, igualmente protegidas,<br />

como tiburones picudos, tortugas de mar y otras.<br />

Al respecto, la CIAT reportó para Costa Rica 314 delfines<br />

muertos en 1993, que corresponde al 8.71% de<br />

los 3.601 delfines muertos en todo el pacífico oriental.<br />

Para 1994, se reportaron 199 delfines muertos, correspondiendo<br />

al 4.85 % de los 4.<strong>09</strong>5 delfines muertos en<br />

total. Posterior a esos años, INCOPESCA indica no<br />

contar con los datos en tanto señala solo los tiene la<br />

CIAT.<br />

Asimismo, en el año 1998 se originó el programa del<br />

APICD (Acuerdo sobre el Programa Internacional<br />

para la Conservación de Delfines), el cual ha permitido<br />

que la mortalidad de delfines anualmente haya<br />

caído a menos del 1%. Uno de los instrumentos más<br />

utilizados en este programa han sido los observadores<br />

a bordo, que ha tenido muy buenos resultados,<br />

de acuerdo con lo indicado por el INCOPESCA. Esta<br />

institución cuenta con un protocolo especial para los<br />

casos en que se constaten anomalías en la pesca,<br />

como lo son: la detención de la embarcación, las artes<br />

de pesca y el producto; luego, se levante un acta<br />

con las pruebas y se interpone la denuncia ante el<br />

Ministerio Público.<br />

En el año 1999, se ratifica el Acuerdo con los<br />

Estados Unidos para la Conservación de Delfines<br />

USA, publicado en La Gaceta No. 230 del 26 de noviembre<br />

de 1999, Alcance No. 95, mediante el cual<br />

el país se compromete a cumplir con una serie de<br />

lineamientos para bajar la mortalidad de delfines<br />

en la pesca del atún en Costa Rica, entre los que<br />

se encuentra buscar métodos ambientalmente<br />

adecuados para la captura de atunes aleta amarilla<br />

grandes y asegurar la sostenibilidad de las poblaciones<br />

de atún en la zona, así como los recursos<br />

marinos vivos relacionados con la pesca, tomando<br />

en consideración su ecosistema, con el fin de no<br />

afectarlo.<br />

Dentro de este acuerdo, se determina la necesidad<br />

de asegurar la conservación de los ecosistemas y<br />

aplicar el criterio de precaución consistente con las<br />

disposiciones pertinentes del Código de Conducta<br />

para la pesca Responsable de la FAO y del Acuerdo

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