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if08-09 - Asamblea Legislativa

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Dirección de la<br />

Defensoría de la Mujer<br />

I. Ambito de competencia de la Defensoría<br />

de la Mujer<br />

La Defensoría de la Mujer está llamada a contribuir a la<br />

eliminación de toda forma de violencia de género contra<br />

las mujeres (violencia sexual, laboral, emocional,<br />

física, patrimonial, entre otras) y de la discriminación<br />

a través de la protección legal y de justicia, mediante<br />

la defensa y ampliación de sus derechos, por medio<br />

de la atención de consultas y denuncias, procesos de<br />

investigación, resolución de denuncias, análisis de la<br />

normativa, apoyo a iniciativas de otras organizaciones<br />

y a través de procesos de capacitación, información y<br />

de difusión de los derechos humanos de las mujeres.<br />

Además apoya los procesos interinstitucionales relativos<br />

a los derechos de las mujeres; da seguimiento a<br />

leyes especiales como la Ley contra el Hostigamiento<br />

Sexual, en las instituciones públicas; así como acompañar<br />

a las víctimas de hostigamiento sexual durante<br />

el proceso administrativo, en las comparecencias y<br />

asesora a los órganos instructores.<br />

En defensa de los derechos de las mujeres, se presentan<br />

coadyuvancias en acciones de Inconstitucionalidad<br />

y Recursos de Amparo.<br />

Para el logro de las metas institucionales se articula,<br />

coordina y potencia la labor con otras entidades estatales<br />

y no gubernamentales, mediante Comisiones de<br />

Trabajo interinstitucionales, con organismos internacionales<br />

y de la sociedad civil, así como personas independientes.<br />

La Defensoría de la Mujer, se convierte<br />

en un medio para agilizar, mediar y coordinar procesos<br />

en materia de derechos de las mujeres.<br />

Asimismo, se atienden estructuralmente temas que<br />

tradicionalmente han estado asociados al ámbito<br />

privado, como la violencia intrafamiliar, con el fin de<br />

evidenciar que el problema de la violencia en contra<br />

de las mujeres, tiene dimensiones y carácter público<br />

que obliga al Estado a ser garante de los derechos de<br />

las mujeres.<br />

Durante este período, la Defensoría de la Mujer conoció<br />

284 expedientes, de los cuales la mayor cantidad<br />

refieren al tema de hostigamiento sexual; en segundo<br />

lugar, conoció de la violación a los derechos de salud<br />

de las mujeres, lo que contempla deficiencia en<br />

la prestación del servicio de salud, violaciones con<br />

ocasión de la atención de la maternidad y maltratos.<br />

En tercer lugar, se ubica la violación a los Derechos<br />

Laborales, en la que el acoso laboral y la discriminación<br />

en el empleo ocupan la mayor cantidad de quejas.<br />

Debe mencionarse que persiste la discriminación para<br />

las mujeres en espacios laborales de predominio masculino<br />

como la policía, por ejemplo. Y en cuarto lugar,<br />

se ubican las quejas interpuestas por las privadas de<br />

libertad, donde la eliminación de la regionalización por<br />

cierre de un centro penitenciario y los problemas de<br />

salud, ocupan el lugar de mayor demanda.<br />

II. Temas y criterios desde las diversas<br />

formas de intervención de la Defensoría de la<br />

Mujer<br />

A. Ambito de la Salud:<br />

a.1. El derecho a la salud de las mujeres durante el<br />

embarazo y el parto.<br />

El reconocimiento del derecho a la salud de las mujeres,<br />

tiene como referente al Estado, quien debe garantizar<br />

el derecho de la mujer al nivel más elevado de<br />

salud física y mental. 1<br />

1 Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 1995.

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